La desvirtuación del Registro Civil en España desconcierta a los alcaldes

El Boletín Oficial del Estado acaba de publicar un Decreto-ley de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia y curiosamente en él también se incluye la adscripción definitiva del Registro Civil, que pasará a estar gestionado dentro de un año por los Registradores Mercantiles (para que luego se monte la que se montó porque el aforamiento del Rey Juan Carlos se recogía en una norma que no le correspondía, como si fuera la primera vez; sin ir más lejos en enero la regulación de los sueldos de los Alcaldes se incluyó en un Real Decreto sobre infraestructuras y transporte, sin que nadie se rasgara las vestiduras).

En un primer momento se barajó la adscripción del Registro Civil al Registro de la Propiedad, como si un nacimiento, por ejemplo, fuese una propiedad de los padres, aunque no sabemos si con la mayoría de edad tendrían que darlo de baja, y ya no digamos cómo sonaría la anotación de un matrimonio. Pero finalmente se ha decidido que sean los Registradores Mercantiles. ¡Hombre a veces una boda puede resultar un buen negocio, pero no como para inscribirla en el Registro Mercantil…!.

Bromas aparte, creo que una vez más el Gobierno da muestras no sólo de vivir de espaldas al municipalismo sino de desconocerlo absolutamente, a pesar de que el ministro Gallardón haya sido Alcalde, aunque da la impresión de que no le ha puesto demasiada atención.

La Ley de Demarcación y Planta Judicial establecía que el Registro Civil estará integrado por los Registros Municipales a cargo de un juez municipal o comarcal, debiendo existir, cuando menos, uno para cada término municipal, recayendo en la actualidad en los Juzgados de Paz, que en los municipios de menos de 7.000 habitantes suelen estar a cargo del Ayuntamiento y atendidos por personal municipal a cambio de una gratificación insignificante. Pues bien, esos Ayuntamientos con menos de 7.000 habitantes suponen el 87,5 % del total, por lo que parece que, de conocer el terreno que se pisa, la opción principal era clara si tal y como dice la vigente Ley del Registro Civil lo que se pretende es su modernización así como aproximarse al modelo existente en otros países de nuestro entorno.

Pues bien, esos países, como Francia o Italia, por ejemplo, que como España cuentan con una legislación influenciada por el Código Napoleónico, tienen sus Registros Civiles integrados en la organización municipal. Por su parte, España tenía un sistema mixto en el que la mayor parte de las oficinas del Registro estaban, y están hasta ahora, en los Ayuntamientos aunque dependen orgánicamente del Poder Judicial. Y si lo que se quería era encomendárselas a un órgano o entidad de naturaleza administrativa con el fin de prestar un servicio público de mayor calidad, tal y como dice el preámbulo de la nueva Ley, lo más fácil, práctico y cercano al ciudadano seguramente hubiera sido su incorporación definitiva al ámbito municipal y no al mercantil, que va a suponer perplejidad e incredulidad entre los usuarios, amén de gastos de desplazamientos, incomodidades y lejanía injustificada e injustificable, pues si hasta ahora se estaba llevando el Registro Civil admirablemente bien por el personal municipal no hay ninguna razón para la adopción de la medida que se ha tomado. Piénsese que aunque se establece la obligación del personal médico de tramitar el alta por un nacimiento, sin embargo cuando se necesite una partida registral habrá que recorrer, por regla general, demasiados kilómetros, cuando ahora se tiene al lado de casa. Y no digamos con las defunciones, que llevan aparejadas, como primer trámite, las licencias de enterramiento o incineración. ¿Es lógico tener que acudir a un Registro Mercantil, esté donde esté, para hacerse con este permiso?. ¿Qué gastos y molestias puede acarrear esto?. ¿Y obtener una fé de vida, una partida de matrimonio, etc., etc.?. Cuando estoy absolutamente convencido de que la consolidación como servicio municipal hubiera supuesto una concepción mucho más lógica y coherente y no ésta que, finalmente, desvirtúa el servicio y al propio Registro.

Cualquiera que conozca el mundo local sabe que los alcaldes consideran el Registro Civil como un “servicio municipal” y su salida y alejamiento del Ayuntamiento como un problema para sus vecinos, sin embargo sus representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han estado callados, cuando creo que es un asunto sobre el que tenían mucho que decir. En cualquier caso queda un año para que entre en vigor definitivamente esta medida y por lo tanto, si se quiere, hay tiempo suficiente para remediarlo.

Alejandro de Diego Gómez, Secretario de Administración Local. Mundiario 06.07.2014

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