Los notarios proponen exportar el modelo del Catastro para el Registro Civil

Los notarios proponen exportar el modelo de la oficina del Catastro para informatizar el Registro Civil. El modelo se basaría en una ficha en la que se cargarían los datos en la hoja de cada ciudadano, por lo que no sería necesario encomendar su gestión solo a los registradores mercantiles y de la propiedad.

Esta propuesta del Consejo General del Notariado, que supone una novedad en el debate jurídico que se está produciendo en los últimos meses sobre la gestión del Registro Civil, figura en el editorial que la cúpula de los notarios españoles ha publicado en su revista Escritura Pública.

El Notariado demanda al Ministerio de Justicia que se respete el consenso político con el que se aprobó en 2011 la ley del Registro Civil para que sea único en toda España, electrónico, administrativo y "estrictamente gratuito", y, por tanto, no considera necesario extrapolar el modelo actual de los Registros Mercantil y de la Propiedad al Civil.

Rechazo a la reforma

Tras destacar el "rechazo" que ha suscitado entre los operadores jurídicos la reforma del Registro Civil, el Notariado expresa su sorpresa porque una de las razones expuestas por Justicia para encargar el registro a los registradores sea su "plena informatización", cuando la realidad es que a día de hoy no se puede acceder 'on line' al contenido de los libros de los registros de la propiedad y mercantiles, pese a que lo prevé una ley de 2001.

En cambio, los notarios exponen el "ejemplo paradigmático" del Catastro y destaca que se trata de una oficina virtual "modélica", no solo por la facilidad de acceso, "sino porque la carga de datos se efectúa de manera plenamente informatizada en un elevado porcentaje".

Así, proponen un modelo documental que atendiera a la naturaleza jurídica de cada uno de los actos objeto de inscripción en el Registro Civil, imponiendo su presentación telemática en "una ficha estructurada en campos, de modo que se pudieran cargar directamente los datos en la hoja personal de cada ciudadano en dicho registro".

La tecnología lo hace posible

Para el Notariado, existen mecanismos informáticos simples que garantizan de modo eficiente que quien accede a esa información es la persona física (titular) que tiene derecho a ello o, en su caso, el funcionario público que necesita conocer el contenido de tales datos para poder ejercer su función pública.

"Lo que desde luego no debe tolerarse es que los datos del estado civil de las personas se pongan a disposición de fines o usos que no son los estrictamente previstos en la ley", resalta el colectivo notarial.

También recuerda que el Registro Civil "publica hechos y actos jurídicos que no requieren de calificación alguna" como hacen los registradores.

Y llama la atención sobre las posibles "situaciones absurdas" que se pueden dar si "celebrado y documentado un matrimonio, un registrador en su condición de encargado del registro negase la inscripción del mismo".

El Notariado concluye que es "factible una llevanza administrativa, única e informatizada del Registro Civil, con una tutela judicial de su contenido para determinados fines y usos".

Es decir, que es posible la "desjudicialización" del Registro Civil, que "no su tutela", con las bases "perfectamente posibles" que se consensuaron en 2011, para lo que hay que abandonar "posiciones que solo general conflicto y no sirven al interés general".

No hay comentarios:

Publicar un comentario