La noticia, de la que se han hecho eco varios medios de comunicación, relativa a la redacción por el Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de algunas de las enmiendas a la última reforma del Registro Civil, fundamentalmente con la finalidad de apuntalar sus vías de financiación, no viene más que a confirmar los peores augurios: la estrategia política diseñada para garantizar la subsistencia de un cuerpo de funcionarios va a ser sufragada por los usuarios del tráfico civil y mercantil, por la vía de incrementar su burocracia y trámites.
Justo es reconocer que la mayoría de esos funcionarios tienen muy poco interés en esa estrategia. Es una apuesta llena de incertidumbres que si sale mal puede terminar suponiendo el fin de la manera de desempeñar la función registral, tal como la conocemos hoy en España. Por eso, la insistencia en esa vía solo se explica por la presión de ciertos elementos iluminados de ese cuerpo, con gran capacidad de influencia en el actual poder político.
Justo es reconocer que la mayoría de esos funcionarios tienen muy poco interés en esa estrategia. Es una apuesta llena de incertidumbres que si sale mal puede terminar suponiendo el fin de la manera de desempeñar la función registral, tal como la conocemos hoy en España. Por eso, la insistencia en esa vía solo se explica por la presión de ciertos elementos iluminados de ese cuerpo, con gran capacidad de influencia en el actual poder político.
"La privatización de los elementos esenciales del Estado moderno no es un alegato retórico. Esta cesión demuestra hasta dónde puede llegar"
Resumamos una vez más los fines y medios perseguidos: con el fin de colocar a los registradores como controladores absolutos del tráfico jurídico, con un poder sin paragón en cualquier Estado de Derecho moderno (dada la práctica imposibilidad de revisión de sus decisiones a la vista de los costes y tiempos de nuestro sistema judicial), se va a exigir la inscripción y consulta telemática de todos los elementos negociales y personales conectados con ese tráfico, desde los poderes civiles a todas las circunstancias del estado civil. Para otorgar una venta, por ejemplo, habrá que comprobar la inscripción del poder específico dado para ella, los estados civiles de los participantes, su régimen matrimonial, su domicilio, etc. No importan que en la actualidad el tráfico funcione perfectamente sin esa información sin apenas producir siniestro alguno. No nos equivoquemos: la inscripción y consulta no se exige para evitar esos hipotéticos riesgos, sino para financiar el Registro Civil.
El que una reforma como esta pueda introducirse por vía de enmiendas a una Ley ajena, sin debate social, sin análisis económico, si estudio alguno sobre los efectos de encarecimiento y entorpecimiento que va a producir en el tráfico jurídico, demuestra cómo se legisla hoy en España. En cualquier país serio una reforma de este tipo hubiera venido precedida de un análisis desapasionado de las necesidades a satisfacer (la mejora del Registro Civil) y de la mejor manera de sufragarlas. Pero aquí se inventan ciertas “necesidades” (la inscripción de los poderes y otros actos jurídicos) con la finalidad de financiar un Registro Civil específicamente diseñado para incrementar las atribuciones y las posibilidades de control del cuerpo de registradores, verdadero fin de la reforma.