Ahora que las formaciones políticas están de precampaña electoral, y ante la ocultación por el Partido Popular de su propósito para privatizar el Registro Civil y asignarlo a los Registradores de la Propiedad, este blog considera oportuno rescatar la Proposición no de Ley sobre gestión de los Registros de la Propiedad y Mercantiles y retribución de sus titulares que presentó el Grupo Parlamentario de IU en el año 2004, y que es todo lo contrario: que los Registros de la Propiedad se sufraguen con tasas públicas, y que los Registradores perciban su sueldo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y no se enriquezcan con cargo a los aranceles que pagamos los ciudadanos, e invitamos a las fuerzas políticas que se presentan a estas elecciones a incluir esta propuesta en su programa. Porque ya vale de privilegios
La propuesta de IU, que fue enmendada y desnaturalizada por el PSOE y acabó en nada tras su aprobación con enmiendas, decía lo siguiente:
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Revisar, actualizar y ajustar los Aranceles que
perciben los Registros de la Propiedad y Mercantiles, a
fin de dar cumplimiento al mandato legal contenido en
los apartados 2 y 7 de la disposición adicional tercera
de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios
Públicos, que impone el principio de no lucratividad de
los aranceles de los funcionarios públicos de suerte que
exista una exacta equivalencia entre los ingresos percibidos
por tales aranceles y los gastos de conservación y
mantenimiento de las infraestructuras, los costes de
personal y la retribución del titular Registrador.
2. Crear una Comisión Interministerial formada
por representantes de los Ministerios de Economía y
Hacienda, Justicia y Administraciones Públicas, para
que en el plazo de seis meses elabore y remita al
Gobierno un informe en el que, con relación a los tres
ejercicios económicos precedentes, se detalle con la
debida acreditación con todos los Registros de la Propiedad
y Mercantiles: La cifra o volumen de ingresos
brutos percibidos (sin IVA) por arancel, los gastos y
costes debidamente acreditados por mantenimiento y
conservación de las oficinas, los costes de personal
empleado distinguiendo retribuciones de todo tipo y
cotizaciones a seguridad social, así como la retribución
de los Registradores.
3. Que en el referido informe se proceda a fijar la
retribución a percibir por los Registradores de la Propiedad
y Mercantiles, acorde a la de otros Funcionarios
Públicos de altos cuerpos del Estado y en razón del
destino o plaza que se ocupe, así como las percepciones
salariales del personal empleado, en razón de su categoría:
Titulación y destino, con criterios homogéneos al
personal laboral al servicio de las administraciones
públicas.
4. Que en el referido informe se elabore un estudio
jurídico y económico sobre la posibilidad de
implantar el sistema de tasas en la gestión de los Registros,
así como la participación de las Comunidades
Autónomas en la propia gestión y administración de los
mismos.
5. Establecer aranceles especialmente bonificados
hasta un 95 por 100 para todos los actos y contratos
relativos a la adquisición y subrogación hipotecara de
viviendas sujetas a algún régimen de protección pública
y establecerá asimismo exenciones y/o bonificaciones
de hasta un 90 por 100 para todos los actos y contratos,
que de trascendencia real o registral, lleven a
cabo el Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones
Locales y otras entidades públicas.»
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