La prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011 es una opción, pero antes debería intentarse la aprobación de la Proposición de Ley de Reforma de dicha Ley presentada por Podemos o al menos dotar de contenido la prórroga de la vacatio legis


Según pasan las semanas, parece bastante improbable que antes del 30 de junio de 2018, fecha oficial de entrada en vigor de la Ley 20/2011 de Registro civil, se complete una reforma de esta ley en los términos que defendemos desde este blog y las organizaciones sindicales, que permita mantener el Registro Civil como servicio público y gratuito dentro de la Administración de Justicia, con su demarcación actual en Partidos Judiciales y Juzgados de Paz, servido enteramente exclusivamente por personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, con los LAJ como Encargados. El rechazo a la proposición de Ley de reforma de la Ley 20/2011 presentada por el Grupo Parlamentario Popular, que hubiera permitido entrar en el debate de las enmiendas a dicha ley, así como las lógicas reticencias de Podemos a solicitar la toma en consideración de su Proposición de Ley sin garantías de éxito a la vista de la postura defendida por el PSOE y Ciudadanos en el debate de la Proposición del PP, complica mucho el debate y modificación de la mencionada Ley antes del 30 de junio de 2018, cuando debería entrar en vigor. Y de ahí que algunos opten, sin más, por apostar por la prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011, para ganar tiempo para el debate de su reforma.

Sin embargo, desde este blog entendemos que se puede conseguir algo más que la mera prórroga de la vacatio legis. Prórroga por otro lado obligada, porque ni están desarrollados los programas que permitirán en su día la implantación del Registro Civil único, ni se ha aprobado desarrollo reglamentario que determine en qué administración queda circunscrito el Registro Civil o quiénes pueden ser sus encargados además de los LAJ (que chapuza, Campo), ni de aquí a junio se van a aprobar las rpts de las Oficinas Generales, etc. No hay opción posible: no puede entrar en vigor la Ley 20/2011 el 30 de junio de 2018 con su actual redacción.

La prórroga de la vacatio legis es inevitable si no se modifica la Ley 20/2011; prórroga que debe estar incluida en una Ley o en un Real Decreto-Ley que debe ser posteriormente ratificado en el Congreso. Es decir, que se quiera o no se quiera, va a haber modificación de la Ley 20/2011 antes del 30 de junio, aunque sólo sea para prorrogar su entrada en vigor. Y aquí viene la cuestión: ¿por qué limitar la reforma de la Ley 20/2011 a la prórroga de su vacatio legis? ¿Por qué no intentar su modificación en aquellos aspectos en que existe cierto consenso (aunque hablar de esto con Campo, portavoz del PSOE en la Comisión de Justicia en el Congreso, es una pérdida de tiempo) y garantizar ya, antes de la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, aquellos aspectos que son fundamentales para nosotros, como es el mantenimiento de los Registros Civiles como servicio público dentro de la Administración de Justicia, servidos por personal de dicha Administración?

Y es que no debemos olvidar de dónde venimos y dónde estamos. Venimos de una Ley que saca a los Registros Civiles fuera de la Administración de Justicia (se reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial incluso para excluirlos como centros de destino), donde simplemente se recoge una preferencia para poder seguir trabajando en las futuras Oficinas a quienes trabajen en los Registros Civiles a la entrada en vigor de la Ley, que deja en la indefinición quiénes son sus responsables, que suprime la gran mayoría de Registros Civiles principales existentes en la actualidad, que deja sin competencias a los Juzgados de Paz, y que ante las dificultades para su entrada en vigor permitió a un grupo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, con el apoyo de Rajoy y Gallardón, hacerse con el Registro Civil en lo que constituía un claro intento de privatización de un servicio público.

¿Dónde estamos? Pues estamos con un Ministro de Justicia que defiende en la actualidad los mismos principios básicos que las organizaciones sindicales, más allá de las discrepancias sobre cuestiones técnicas o competencia en materia de expedientes. Con un grupo parlamentario Popular, hoy mayoritario en el Congreso y con mayoría absoluta en el Senado, que defiende el Registro civil como servicio público, gratuito, con mantenimiento de las oficinas en todos los partidos judiciales y juzgados de paz, integrado dentro de la Administración de Justicia. Es decir, por primera vez en mucho tiempo, el partido en el Gobierno defiende los mismos postulados básicos que organizaciones sindicales y personal destinados en los Registros civiles. Es el PSOE, con su portavoz de Justicia en el Congreso, quien quiere dejar todo tal y como establece la Ley 20/2011, sacando a los Registros Civiles de la Administración de Justicia y suprimiendo la gran mayoría de las actuales oficinas de Registro Civil y todos los Juzgados de Paz (luego se les llena la boca cuando hablan de luchar contra la despoblación en el medio rural), la principal oposición al proyecto de Registro Civil que hoy, Ministerio, sindicatos y personal de justicia, defendemos.

De ahí que apoyemos desde este blog la postura que las organizaciones sindicales han defendido ante el Ministro de Justicia y el Grupo parlamentario popular en las últimas reuniones: hay que trabajar por una mayoría que permita la toma en consideración de la proposición de Ley de Podemos ( a quien sinceramente agradecemos su trabajo en esta materia), que recoge a nuestro juicio todas las aspiraciones de la inmensa mayoría de organizaciones sindicales y funcionarios en materia de Registro Civil, e incluye los postulados que en materia organizativa y funcional defiende el Ministro de Justicia y el PP en el Congreso. Es muy probable que no dé tiempo, antes del 30 de junio, a finalizar la tramitación parlamentaria de la proposición de Ley de Podemos, pero al menos comenzar los trabajos para su reforma permitiría acabar de una vez por todas con la incertidumbre que pesa sobre los casi 5.000 funcionarios que tienen funciones de Registro Civil y cuyos puestos de trabajo desaparecerían con el nuevo modelo de Oficinas Generales fuera de Justicia.

¿Y si Podemos no quiere someter a la toma en consideración del Congreso su proposición, ante la dificultad de que tenga la mayoría necesaria para abrir el trámite de enmiendas? Porque visto lo visto en el debate de la proposición del PP, tanto el PSOE como Ciudadanos no están de acuerdo con un modelo de Registro Civil contenido en la proposición de Podemos que estructuralmente ya rechazaron al no votar la proposición del PP. En tal caso, no quedaría otro remedio que bien por la vía de enmiendas a una Ley en tramitación parlamentaria que vaya a ser aprobada, bien por la vía de un Real Decreto-Ley a convalidar posteriormente en el Congreso, se modifique la Ley 20/2011 para prorrogar la vacatio legis.

Pero esa modificación, a nuestro juicio, debería ser “sustantiva”. Es decir, que ya que hay que modificar necesariamente la Ley 20/2011, ¿por qué no ampliar su modificación para cambiar las disposiciones adicionales primera y segunda, estableciendo en las mismas de forma clara que los LAJ serán los Encargados del Registro Civil, y que su personal serán los funcionarios de la Administración de Justicia? Porque en esto, salvo el PSOE de Campo, hay consenso. Y de esta forma ganaríamos algo esencial y fundamental, que hoy, texto en mano, no tenemos.

Y en tal caso, luego el Ministerio de Justicia debería presentar un Proyecto de Ley de reforma de la Ley 20/2011, para su debate parlamentario, que entre en los demás aspectos conflictivos de la Ley y para el que será necesario que trabajemos desde todos los ámbitos para buscar mayorías , para permitir su entrada en vigor de forma plena tan pronto sea posible, de forma satisfactoria para los ciudadanos que es a quien va dirigido el servicio público del Registro Civil. Proyecto de Ley sobre el cual, visto lo visto, difícilmente habrá consenso, pero en cualquier caso se ya se enmarcaría dentro de lo primero y primordial: que el Registro Civil sea un servicio público gratuito servido por funcionarios públicos de la Administración de Justicia, porque así ya lo diría la Ley 20/2011.

Trabajemos ahora, por tanto, por algo más que la mera prórroga de la vacatio legis de la Ley 20/2011. No sabemos cuánto más durará esta legislatura, a la vista de las dificultades del Gobierno en conseguir apoyos de otras fuerzas parlamentarias, ni cuánto más durará Rafael Catalá como Ministro de Justicia, a la vista de los numerosos frentes que tiene abiertos. Hoy tenemos una coyuntura parlamentaria y un Ministro de Justicia que nos es favorable, y dudamos mucho, a la vista de las encuestas, que tras unas nuevas elecciones se mantengan ambos (el liberalismo de que hace gala Ciudadanos es el que ha permitido la privatización de los servicios públicos en muchos países). No nos conformemos por quedarnos como estamos un año más, porque ya lo hicimos tras la vacatio legis inicial de 3 años y ya sabemos cómo estuvo a punto de acabar todo.


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