El Proyecto de Ley de nacionalidad española para los sefardíes, primera privatización de expedientes del Registro Civil, vuelve al Congreso para su aprobación definitiva

El Senado ha remitido al Congreso de los Diputados el ahora llamado Proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España y antes denominado Proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y por la que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, con cambios tan sustanciales en lo que era el texto en su día aprobado en el Congreso que, como diría Alfonso Guerra, no lo conoce ni la madre que lo parió. Dejamos para el estudio enlaces al Proyecto de Ley remitido por el Gobierno, al Proyecto de Ley aprobado por el Congreso y al Proyecto de Ley aprobado por el Senado.

Del Proyecto de Ley ha desaparecido toda la tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia, que el proyecto de Ley aprobado por el Congreso no incluía pero sí el aprobado por el Congreso y remitido al Senado. El Proyecto de Ley aprobado por el Gobierno incluía una tasa de 75 € para todos los expedientes de adquisición de nacionalidad, el aprobado por el Congreso omitía la cuantía de la tasa pero establecía la futura aprobación de aranceles para toda la tramitación, y ahora el proyecto aprobado por el Senado establece una tasa de 100 € pero sólo para los sefardíes que se nacionalicen españoles. El Proyecto de Ley aprobado por el Congreso obligaba a realizar toda la tramitación de los expedientes de nacionalidad, incluidos los de los sefardíes, a través de la plataforma electrónica que  el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España debería. poner a disposición de los registradores y encargados de las Oficinas Consular; ahora se establece de forma correcta que el Ministerio de Justicia regulará el procedimiento electrónico para la tramitación de los procedimientos de obtención de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza o dispensa.Todo esto en menos de un año, 

De este proyecto, tal y como está redactado, hay algunas cosas positivas y otras no. Sin entrar a valorar la oportunidad o no de favorecer la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España y no a otros colectivos como los saharahuis, nietos de españolas, etc, lo mejor del proyecto es que desaparece del mismo cualquier referencia a la privatización del Registro Civil mediante su asunción por los Registradores Mercantiles que sí contenía el proyecto en su día aprobado por el Congreso. Lo peor, la privatización del expediente para acreditar la condición de sefardí originario, cuya instrucción corresponderá sorprendentemente a los Notarios, cuando debería haber correspondido a los Consulados de España en el extranjero, o en su defecto a los Registros Civiles principales. Nunca los notarios habían tenido competencias en materia de nacionalidad española y menos aún para además emitir un juicio de valor sobre el cumplimento de los requisitos para poder adquirir o cambiar un hecho constitutivo del estado civil, como es la nacionalidad. No dudamos de la capacidad de los Notarios para ello, pero simplemente esto no ha sido nunca competencia suya. Lo segundo peor, el elevado coste que va a suponer a los sefardíes adquirir la nacionalidad española, pues tendrán que desplazarse a España para presentar ante el Notario los documentos originales con los que justifiquen su condición de sefardí, a los que tendrá que pagar el arancel correspondiente, y además tendrá que pagar 100 € de tasa para financiar la plataforma electrónica mediante la cual se tramitará su solicitud. De esta forma se abre la veda para la privatización de determinados expedientes de Registro Civil, que próximamente se ampliará con la posibilidad de tramitar los expedientes de matrimonio civil por los Notarios, tal y como prevé el proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria. No basta con que los Notarios tengan la consideración de funcionarios públicos para negar que se quieren privatizar determinados procedimientos hoy competencia exclusiva de la Administración de Justicia, como son los expedientes de matrimonio o los monitorios notariales que darán lugar a ejecuciones judiciales, estableciendo una vía alternativa a lo que debería ser monopolio de las Administraciones públicas.

El proyecto de Ley se deja por el camino la tramitación de los expedientes de adquisición de la nacionalidad por residencia, cuando dicha regulación era a nuestro juicio correcta porque establecía que la instrucción completa de los expedientes recaería en los Registros Civiles, y que el Ministerio de Justicia simplemente entraría a resolver, lo que solucionaría gran parte de los problemas actuales de los expedientes de nacionalidad. Se ve que al PP, una vez paralizada la privatización del Registro Civil, no tiene demasiado interés en solucionar los problemas de tramitación de los expedientes de nacionalidad de residencia, no sabemos si porque nos va a sorprender y la aprobará el Gobierno mediante Real Decreto tal y como prevé la Ley 20/2011 de Registro Civil, porque no sabe cómo adquirir sin concurso público la plataforma desarrollada por los Registradores de la Propiedad para los tres planes intensivos de nacionalidad, porque abierta la veda del pago de 4 millones de euros a su Colegio le interesa que todo siga igual para seguir pagando al Colegio de Registradores el coste de dicho programa, o porque le interesa para poder justificar en su día la privatización del Registro Civil que se mantengan un elevado número de quejas sobre su funcionamiento, casi todas de las cuales están precisamente relacionadas con la dilación de los expedientes de nacionalidad. La deriva de este Proyecto de Ley es fiel reflejo de la deriva del Ministerio de Justicia desde que Gallardón asumió el Ministerio en el año 2011 hasta nuestros días.  

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