El Ministro de Justicia modera su discurso sobre el Registro Civil ante las organizaciones sindicales, y abre un plazo para definir su modelo

La reunión de ayer entre el Ministro de Justicia y las organizaciones sindicales sólo dejó en claro que el Ministerio no tiene aún decidido el modelo que va a proponer para el nuevo registro civil (da la sensación de que abandona así su defensa a ultranza de la Ley 20/2011 que había defendido hasta ahora con su redacción actual), según resulta de la información que ofrecen las organizaciones sindicales al respecto. 

CCOO informa que ante las reclamaciones para que se mantengan todas las oficinas judiciales y del registro civil con su distribución territorial actual y con todos los puestos de trabajo, el ministro apunta que abre un periodo de tres meses para concretar de forma consensuada sus propuestas sobre la modificación de la ley de planta; asegura que mantendrá las oficinas del registro civil en los partidos judiciales pero no se compromete a que los juzgados de paz sigan siendo oficinas delegadas.

Entre las ideas que baraja el Ministerio parece ser (porque lo han apuntado pero no lo han asegurado) que aceptarían la existencia de oficinas en todos los partidos judiciales aunque con un nuevo modelo que han llamado “de ventanilla”. A pesar de la insistencia de las organizaciones sindicales el Ministerio no ha formulado ninguna propuesta concreta sobre el mantenimiento o no de las oficinas delegadas de los registros civiles en los Juzgados de Paz. Según informa UGT matizó que no se perderá ningún puesto de trabajo y que "después de la desjudicialización” el encargado y la plantilla seguirán perteneciendo a la administración de Justicia.

Al efecto informa STAJ que el Ministerio ha expresado su voluntad de que el Registro Civil permanezca servido por funcionarios de justicia, con mantenimiento de las 431 oficinas existentes actualmente en las cabezas de partido, si bien implantando de manera progresiva el nuevo modelo de Registro tecnológico previsto en la Ley 20/2011, sin prisas y previa negociación con las organizaciones sindicales, de la organización interna del mismo, según informa CSIF.

El Ministerio ha informado que el nuevo programa informático para el nuevo modelo de Registro Civil está totalmente preparado y que su idea es que, una vez tomada la decisión del modelo definitivo, éste se implante de forma progresiva en una o dos oficinas del territorio ministerio y, si lo aceptan los gobiernos autonómicos, otras tantas en los ámbitos transferidos.

CCOO ha exigido la convocatoria inmediata de la mesa de negociación para tratar de forma monográfica el futuro de registro civil y así ha sido aceptado por el ministro.

Previamente a esta reunión el Ministro tuvo otra con el Consejero de Justicia de Canarias, enmarcada en la ronda de contactos que está manteniendo con los responsables de Justicia de las Comunidades autónomas con competencias en la materia. Tras esta reunión el Ministerio de Justicia y la Consejería de Justicia del Gobierno de Canarias decidieron que coordinarían la puesta en marcha del nuevo Registro Civil, informa la Consejería, a fin de que no se produzca discontinuidad en el servicio.

Juan Carlos Campo sigue siendo incapaz de reconocer sus errores y no tiene intención alguna de modificar la Ley 20/2011, sólo que entre en vigor de forma paulatina

Tantas ganas teníamos de tener un Gobierno formado que pudiera tomar decisiones e iniciativas que algunos han perdido de vista que quien está al frente del Ministerio de Justicia es, ni más ni menos, que quien fue Secretario de Estado de Justicia cuando se aprobó la Ley 20/2011, de Registro Civil, que saca a este servicio público fuera de la Administración de Justicia, excluye a su personal de su llevanza por más que le atribuya la posibilidad a quienes estén trabajando en el mismo sigan haciéndolo, suprime las competencias de los Juzgados de Paz, reduce drásticamente el número de oficinas principales de Registro Civil, permite que sea Encargado del Registro Civil un funcionario Grupo A1 que no tenga nada vez con la Administración de Justicia, etc. 

Desde el año 2011 las declaraciones de Juan Carlos Campo sobre la bondad de su Ley no han dejado de reiterarse, y siempre ha sido culpa de "los otros" que dicha ley no entrase en vigor. Según se desprende de la hoja de CCOO de octubre del año 2019 por primera vez reconoció que había que hacer algunos ajustes en la Ley 20/2011, pero sigue empeñado en que se suprima la competencia de los Juzgados de Paz y que no existan oficinas de Registro Civil en cada partido judicial, estructura judicial que además quiere modificar. 

Aun estando a la espera de la reunión que tendrá el Ministro de Justicia con las organizaciones sindicales esta semana, de su comparecencia en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados el pasado 17 de febrero, y de las manifestaciones que ha vertido en su reunión con los representantes de los LAJ caben extraer algunas conclusiones sobre su postura, y ninguna de ellas buena:

- Omite cualquier referencia al Registro Civil en su larga comparecencia ante el Congreso de los Diputados hasta el trámite de réplicas a los portavoces de los Grupos Parlamentarios, y se le nota la cara de apuro al tratar este tema. 

- Califica de "absolutamente preocupante" la situación actual del Registro Civil tras la Ley 20/2011, diciendo que no es momento de buscar culpables cuando sabe perfectamente que si estamos en este punto es, principalmente, responsabilidad suya. 

- El Ministro no piensa reformar los aspectos mencionados y más polémicos de la Ley 20/2011, sino sólo modificar ésta para permitir su entrada en vigor de forma gradual y escalonada (motivado por no estar lista todavía el programa informático que debe dar cobijo al Registro Unico y que convivirá con Inforeg).

- El Ministro sigue pensando en mantener el Registro civil fuera de la Administración de Justicia; lo único que busca es cómo articular la adscripción de los LAJ a este servicio (según la LOPJ; en situación de servicios especiales, se quiere que estén en servicio activo). 

- El Ministro tiene la intención de implantar la estructura territorial del Registro Civil tal y como lo concibe la Ley 20/2011, sin modificación alguna: una oficina por Comunidad Autónoma, más otra posible por cada 500.000 habitantes, más otras tres posibles como máximo por Comunidad Autónoma. 

LLegados a este punto, que el Ministro de Justicia hable de consensos y del interés de la ciudadanía en la Comisión de Justicia en el Congreso, cuando su Ministerio trabaja en sentido contrario, cabe calificarlo cuando menos de hipocresía. 

Ejemplo del talante del Ministerio de Justicia en esta materia es la respuesta que ha dado el Ministerio a las preguntas formuladas por el PP, una por provincia, sobre la supresión de oficinas de Registro Civil en cada municipio. El Ministerio no responde a lo que se le pregunta, echa balones fuera porque sabe que si dice lo que tienen en mente hacer se le echa la oposición y muchos municipios, provincias y Comunidades Autónomas gobernadas por el PSOE encima. 

Es hora de quitar caretas y que el Ministerio diga, de forma clara y contundente, cuál es su plan sobre el Registro Civil, si va a apostar o no porque se quede dentro de la Administración de Justicia y servida por su personal, si va a suprimir las Oficinas de Registro Civil de cada partido judicial y en su caso cuándo, si va a suprimir las competencias de los Juzgados de Paz y en su caso cuándo, etc. Es hora de que el Ministro de Justicia Juan Carlos Campo dé la cara de una vez. 

Representantes de la FEMP manifiestan a CCOO su apoyo al mantenimiento del Registro Civil como servicio público cercano a la ciudadanía

CCOO mantuvo en el día de ayer una reunión con na delegación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), encabezada por su Secretario General, inicialmente solicitada por este sindicato para transmitirles y recabar su apoyo a nuestras propuestas de mantenimiento de las oficinas del Registro Civil en todos los partidos judiciales y juzgados de paz.

En dicha reunión se ha puesto de manifiesto la contradicción que supondría para el Gobierno de coalición apostar por un lado por la cohesión territorial y el mantenimiento de los servicios públicos en las pequeñas y medianas poblaciones y, por otro, permitir, con la entrada en vigor el 1 de julio de la Ley del Registro Civil, el cierre de miles de oficinas que prestan este servicio de forma directa a la ciudadanía en los entornos rurales y más despoblados. 

CCOO ha insistido además en la importancia para los pueblos del patrimonio histórico que constituyen los libros del registro civil que serían trasladados a las grandes ciudades con la entrada en vigor de esta Ley. 

En otro orden de cosas CCOO también ha puesto sobre la mesa su rotunda oposición a la desaparición de los partidos judiciales porque son la máxima expresión de una justicia cercana a la ciudadanía y porque son uno de los servicios públicos esenciales que nunca deben desaparecer de los entornos con menos población, como fundamento de la cohesión territorial que tanto se pregona. Los intereses corporativos y una malentendida eficacia mercantilista de los servicios públicos no pueden ser excusa, a juicio de CCOO, para llevarse los juzgados de los pueblos a las grandes ciudades estableciendo distintas categorías de ciudadanas y ciudadanos según se viva en uno u otro lugar.


La portavoz del Grupo Parlamentario Popular se compromete a defender el mantenimiento de las actuales Oficinas del Registro Civil y de los Juzgados de Paz, así como la prestación del servicio por el personal de la Administración de Justicia

El pasado miércoles 29 de enero, CCOO mantuvo una reunión con María Jesús Moro, portavoz del Grupo Parlamentario Popular en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, a fin de tratar la necesidad de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil antes de su entrada en vigor, prevista para el 30 de junio de 2020. 

CCOO agradeció en primer lugar a la portavoz del Grupo Parlamentario Popular en la Comisión de Justicia que su grupo parlamentario hubiera cumplido el compromiso que adquirió con CCOO antes de las elecciones generales de noviembre pasado, y haya vuelto a presentar, al comienzo de la nueva legislatura, la Proposición de Ley de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil, que, en esencia, recoge muchas de las reivindicaciones planteadas por CCOO: que el Registro Civil siga siendo un servicio público gratuito, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, con los LAJ como Encargados, con mantenimiento de las mismas Oficinas de Registro Civil que hay en la actualidad y con los Juzgados de Paz con competencia en la materia. 

CCOO solicitó al Grupo Parlamentario Popular que en cualquier negociación que tuviese con el Ministerio de Justicia u otros partidos políticos para reformar la Ley 20/2011 no se renunciara a los principios que hemos reclamado insistentemente desde CCOO, y que se encuentran recogidos en la Proposición de Ley del Partido Popular y ya expuestos, y que cualquier modificación de la Ley 20/2011 se haga con participación de los representantes de los trabajadores. La portavoz del PP se comprometió de forma expresa a que su grupo parlamentario defenderá el mantenimiento de las Oficinas de Registro Civil actuales así como que los Juzgados de Paz mantengan competencias en la materia. También defendió que no haya más prórrogas de la vacatio legis, sino que la propia Ley establezca las disposiciones necesarias para la paulatina entrada en vigor del Registro Civil Electrónico, una vez está acabada la aplicación informática que lo ha de sustentar. 

Sobre el texto de la Proposición de Ley presentado por el Partido Popular, CCOO hizo entrega de un documento de enmiendas al articulado de dicha Proposición así como otras modificaciones a la Ley 20/2011 y otras leyes (Código Civil, Ley de Jurisdicción Voluntaria, etc). Respecto de la Proposición de Ley, CCOO solicita: 

- Que se recoja de forma expresa que los libros de Registro Civil se conservarán en las actuales Oficinas de Registro Civil y Juzgados de Paz actuales. 
- Que se dote de competencias a los Juzgados de Paz, de forma que cualquiera que sean las modificaciones derivadas de la Ley 20/2011 los ciudadanos puedan percibir como mínimo el mismo servicio que reciben en la actualidad. 
- Que de forma expresa se establezca que el Registro Civil se integra dentro de la Administración de Justicia, permitiendo con ello que las Comunidades Autónomas con competencia en Justicia pero que no tienen competencias ejecutivas en Registro Civil en sus Estatutos de Autonomía puedan seguir teniendo competencias ejecutivas en la materia. 
- Que se establezcan normas de competencia para resolver las solicitudes de inscripciones y los expedientes, de forma que se evite el forum Shopping y se permita la adecuada planificación de los medios personales y materiales con que debe contar cada oficina. 


Además, CCOO solicitó que se ampliase la reforma de la Ley 20/2011 y se modifiquen otras leyes concordantes (Código Civil, Ley de Jurisdicción Voluntaria, etc), siendo las más importantes las siguientes: 

- Que la competencia de los Registros Civiles para tramitar los expedientes previos al matrimonio civil sea exclusiva 

- Que la instrucción telemática de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia, previa a su resolución por el Ministerio de Justicia, la realicen los Registros Civiles. 

- Que se reconozca de forma expresa en la Ley la función que realiza el personal de los Registros Civiles en materia de inscripciones y certificaciones. 

La portavoz del Grupo Parlamentario Popular tomó nota de las propuestas de CCOO y se comprometió a seguir trabajando para conseguir que se modifique la Ley 20/2011, de Registro Civil, antes de su entrega en vigor.

El PP presenta 52 preguntas al Gobierno, una por provincia, preguntando sobre el futuro del Registro civil, en que desvela lo sucedido con su Proposición de Ley en su día rechazada por el Congreso

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados ha presentado al Gobierno 52 preguntas idénticas, una por provincia, relativo a las previsiones del Gobierno respecto de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de Registro civil. 

Más allá de la posible utilización política de este tema contra el Gobierno del PSOE, cuyo Ministro de Justicia fue fiel defensor de la redacción actual de la Ley 20/2011 (si bien reconoció por primera vez en septiembre, en reunión con representantes de CCOO, que era preciso hacer modificaciones en dicha Ley) , lo cierto es que la pregunta del PP desvela qué sucedió realmente con la Proposición de Ley del PP rechazada por el Congreso de los Diputados en febrero de 2018, cuando parecía que dicha Proposición, idéntica a la ahora presentada, iba a permitir tras sus enmiendas asegurar que el Registro Civil seguiría siendo un servicio público gratuito, cercano a los ciudadanos, con los LAJ como Encargados, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, con mantenimiento de las Oficinas principales en los actuales Registros Civiles principales (uno por partido judicial) y con competencias de los Juzgados de Paz en la materia. 

Transcribimos a continuación lo que, desde la óptica del PP (no hace mención alguna al intento de privatización del Registro Civil auspiciado en su día por ciertos sectores del PP) sucedió:

CCOO remite cartas a todos los diputados y senadores para que promuevan o apoyen una modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, de Registro Civil

CCOO empezó a remitir en el día de ayer cartas a todos los diputados y senadores, por la que se les insta a que promuevan o en su caso apoye una modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, de Registro Civil, cuya entrada en vigor está prevista para el 30 de junio de 2020, que garantice que a la misma el Registro civil siga siendo un servicio público integrado dentro de la Administración de Justicia, cercano a la ciudanía manteniendo las oficinas de todas las localidades, gratuito, accesible electrónicamente por las demás Administraciones y funcionarios públicos, y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia en las poblaciones de más de 7000 habitantes (como hasta ahora). Adjunto a dicha carta se les remite el informe de CCOO de agosto de 2019 sobre modificación de la Ley 20/2011 (Informe de CCOO sobre la urgente necesidad de reforma de la Ley del Registro Civil

La carta pone de relieve que CCOO mantuvo en los meses de septiembre y octubre del año 2019 reuniones con los responsables de Justicia de los Grupos Parlamentarios del PSOE, PP, UNIDAS PODEMOS y CIUDADANOS, y que todos ellos convinieron la necesidad de reformar la Ley 20/2011 para permitir su entrada en vigor, pues son conscientes de que ello no es posible con su redacción actual. 

En su carta, CCOO expone los principales problemas que resultan de la actual redacción de la Ley 20/2011, que son los siguientes: 

• La Ley 20/2011 no adscribe funcionalmente el Registro Civil a ninguna Administración Pública. Establece su dependencia del Ministerio de Justicia, designa a la Dirección General de Registros y del Notariado como centro superior directivo, consultivo y responsable último del Registro Civil, pero no adscribe funcionalmente las Oficinas de Registro Civil a la Administración Estatal o Autonómica. 



• La Ley 20/2011 no establece a qué Administración deben pertenecer los funcionarios que presten servicio en las Oficinas de Registro Civil, y abre innecesariamente el abanico de quiénes pueden ser los Encargados de los Registros Civiles. 

• La Ley 20/2011 modifica radicalmente el modelo de implantación del Registro Civil actual (Oficinas en los 431 partidos judiciales; Registros Civiles Exclusivos en 16 partidos judiciales; Registros civiles delegados en los Juzgados de Paz), próximo a los ciudadanos, y lo sustituye, en su artículo 22, por un máximo de 160 Oficinas Generales para toda España, lo que supone un alejamiento del servicio público, en especial respecto de los que viven en el medio rural y poblaciones no capitales de provincia. 

• La implantación del Registro Civil Electrónico exige la digitalización de todas las inscripciones practicadas con anterioridad a la entrada en vigor del mismo, o de cuanto menos, de todas las inscripciones practicadas desde 1950. Faltan por desarrollar la plataforma electrónica que permita la llevanza del Registro Civil Único y Electrónico, e incorporar al proceso de digitalización las inscripciones posteriores a 1950 de cientos de municipios. 

• Convivirán dos tipos de Registro Civil: el único y electrónico, para todas aquellas inscripciones posteriores al año 1950 incorporadas al proceso de informatización; y el manual y territorializado, conformado por los libros de nacimientos, matrimonios y defunciones anteriores al año 1950 de los más de 8000 municipios de toda España que no estén incorporados al proceso de digitalización. Cuestión clave es quién gestionará el día a día (expedición de certificaciones, practica de inscripciones marginales, etc) del Registro Civil manual. 

• La Ley 20/2011 suprime las normas de competencia que en la actualidad rigen en la materia, permitiendo a todo ciudadano, profesional o administración dirigirse a cualquier Oficina de Registro Civil para la práctica de una inscripción, viniendo determinada la competencia de su Encargado por el mero hecho de que se haya presentado ante su Oficina, lo que fomenta el fórum shopping y dificulta gravemente la gestión de los medios personales y materiales con que debe contar cada Oficina de Registro Civil. 

• La eliminación de miles de oficinas actuales de las pequeñas y medianas poblaciones es una nueva discriminación a las personas habitantes de los territorios más despoblados del Estado que no tendrán otra opción que utilizar los medios telemáticos (sin tenerse en cuenta la brecha digital que afecta fundamentalmente a las personas mayores), hacer desplazamientos a las oficinas de las capitales o contratar a su costa despachos profesionales para realizar las gestiones. 

CCOO no hace mención en la carta a los problemas derivados de la tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia ni su rechazo a que los expedientes de matrimonio civil puedan también ser tramitados por los Notarios por no estar contenida su regulación en la Ley 20/2011 sino en otras Leyes, cuya modificación igualmente instará. 

CCOO comparte principios generales que informan la reforma del Registro Civil operada por la Ley 20/2011 y apuesta por un Registro Civil único y electrónico, moderno y adaptado a las actuales necesidades, accesible electrónicamente, pero la modernización del Registro Civil debe ser compatible con su accesibilidad y cercanía a todos los ciudadanos cualquiera que sea el lugar de su residencia o los medios con que cuente y en igualdad de condiciones, con su carácter de servicio público, y con la seguridad de su llevanza por funcionarios públicos pertenecientes a la Administración de Justicia.


El Grupo Parlamentario Popular presenta de nuevo la Proposición de Ley de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil, a fin de permitir su modificación antes de su entrada en vigor

Según aparece en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados de 20 de diciembre de 2019 el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presentó el 5 de diciembre la Proposición de Ley relativa a la modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. De esta forma el Grupo Parlamentario Popular cumple con el compromiso de instar, tan pronto como la nueva legislatura estuviera en marcha, la modificación de la Ley 20/2011 que permita que el Registro Civil permanezca servido por personal de la Administración de Justicia, con los LAJ como Encargados de las Oficinas de Registro Civil, que estarían ubicadas en los mismos sitios que en la actualidad y con el mantenimiento de competencias en materia de Registro Civil en los Juzgados de Paz. Debemos recordar al efecto que la Ley 20/2011 entrará en vigor el 30 de junio de 2020, y que todos los grupos parlamentarios mayoritarios, incluido el PSOE, manifestaron, en las reuniones mantenidas a finales del año pasado con CCOO, la necesidad de modificar su articulado antes de dicha entrada en vigor. 

La Proposición de Ley presentada es la misma que en su día presentó el Grupo Parlamentario Popular en 2017, que cuya toma en consideración por el Congreso de los Diputados fue rechazada por su pleno por motivos ajenos al texto de dicha Proposición, y presentada de nuevo en septiembre del año pasado, poco antes de dar por finalizada la anterior legislatura. Tal y como hemos informado la Proposición recoge gran parte de las reivindicaciones, si bien entendemos que el texto debe mejorarse recogiendo cuanto menos las competencias delegadas que han de tener los Juzgados de Paz así como una mayor atribución de competencias a aquellas comunidades autónomas que las tienen en materia de medios personales y materiales de la Administración de Justicia, pero no competencias ejecutivas en materia de Registro Civil en sus Estatutos de Autonomía. 

Tras la presentación de la Proposición de Ley, y una vez se forme Gobierno, se abre el plazo de 30 días para que dicho Gobierno manifieste su criterio respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios. Transcurridos treinta días sin que el Gobierno hubiera negado expresamente su conformidad a la tramitación, la proposición de ley quedará en condiciones de ser incluida en el orden del día del Pleno para su toma en consideración. 

Ni que decir tiene que estamos ante un nuevo momento decisivo en el futuro del Registro Civil. Hay que exigir al nuevo Gobierno y a todos los Grupos Parlamentarios que impulsen la modificación de la Ley 20/2011, de forma que con su entrada en vigor siga siendo un servicio público, gratuito, integrado en la Administración de Justicia, y cercano a la ciudadanía, con Oficinas en todos los Partidos Judiciales y competencia en los Juzgados de Paz, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, y que la reforma permita que los LAJ sean los Encargados de las Oficinas de Registro Civil. 

Además, durante el último mes de diciembre, CCOO informa que se ha dirigido a los más de 7000 Ayuntamientos de toda España para que reclamen al Gobierno y a los grupos parlamentarios el mantenimiento de todas las oficinas actuales en las pequeñas y medianas poblaciones y tenemos constancia de que muchos centenares de estos ayuntamientos han aprobado mociones en este sentido que han remitido al Ministerio de Justicia y al Congreso de los Diputados

El Partido Popular se compromete a promover la modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil, que permita mantenerlo dentro de la Administración de Justicia, con las mismas Oficinas principales que hasta la fecha, y a establecer las competencias que deben tener los Juzgados de Paz

CCOO mantuvo en el día de ayer una reunión con las portavoces de Justicia del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso sobre la necesidad de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil , enmarcada dentro de la solicitud enviada por CCOO a todos los Grupos Parlamentarios para que insten, o en su caso apoyen, una modificación de la Ley 20/2011 que garantice que el Registro Civil siga siendo un servicio público, gratuito, cercano a los ciudadanos, con los LAJ como Encargados de los Registros Civiles, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia y con las mismas oficinas principales y delegadas que en la actualidad, ante su programada entrada en vigor el 30 de junio de 2020. 

En dicha reunión María Jesús Moro, portavoz del Partido Popular en la Comisión de Justicia en el Congreso, manifestó la intención de su Grupo parlamentario de modificar la Ley 20/2011, a fin de que el Registro Civil permanezca servido por personal de la Administración de Justicia, con los LAJ como Encargados de las Oficinas de Registro Civil, que estarían ubicadas en los mismos sitios que en la actualidad y con el mantenimiento de competencias en materia de Registro Civil en los Juzgados de Paz. Al efecto, puso de manifiesto que el Grupo Parlamentario Popular presentó una Proposición de Ley en el mes de septiembre (que ha decaído tras la disolución de las Cortes), que es idéntica a la rechazada en febrero de 2017 por motivos totalmente ajenos al texto de dicha proposición y que recoge dichas cuestiones. 

La portavoz del Grupo Parlamentario Popular manifestó que es intención de su partido volver a presentar dicha proposición tan pronto se constituyan las nuevas Cortes Generales, gobierne o no su partido, ya que no habrá tiempo material para tramitar una reforma de la Ley 20/2011 como Proyecto de Ley (es decir, por iniciativa del futuro Consejo de Ministros). 

CCOO agradeció el gesto de presentar la Proposición de Ley, que recoge la mayoría de sus reivindicaciones, si bien reclamó mejoras en el texto que recojan las competencias delegadas que han de tener los Juzgados de Paz así como una mayor atribución de competencias a aquellas comunidades autónomas que las tienen en materia de personales y materiales de la Administración de Justicia, pero no competencias ejecutivas en materia de Registro Civil en sus Estatutos de Autonomía. 

La portavoz del Grupo Parlamentario Popular se comprometió a estudiar el documento preparado por CCOO y a mejorar el texto (un extenso informe con numerosas propuestas que se puede leer en: Informe de CCOO para la modificación de la Ley 20/2011 de Registro Civil), bien sea en el momento de su presentación bien por vías de enmiendas al mismo.

CCOO, 01.10.2019

Por primera vez el PSOE comunica a CCOO su postura favorable a que el personal de los Registros Civiles siga siendo el de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia

CCOO mantuvo en el día de ayer sendas reuniones con los portavoces de Justicia del Grupo Socialista y de Ciudadanos en el Congreso sobre la necesidad de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil , enmarcadas dentro de la solicitud enviada por CCOO a todos los Grupos Parlamentarios para que insten, o en su caso apoyen, una modificación de la Ley 20/2011 que garantice que el Registro Civil siga siendo un servicio público, gratuito, cercano a los ciudadanos, con los LAJ como Encargados de los Registros Civiles, servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia y con mantenimiento de las oficinas principales y delegadas actuales, ante su programada entrada en vigor el 30 de junio de 2020.

A la reunión con el PSOE han asistido Juan Carlos Campo, portavoz de Justicia del Grupo Socialista en el Congreso, y Beatriz Corredor, Presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso. Dichos responsables han manifestado que nunca ha sido intención del PSOE sacar el Registro Civil fuera de la Administración de Justicia, que su intención siempre ha sido que los Encargados de los Registros Civiles fueran los LAJ y que su personal fuera personal de los Cuerpos de la Administración de Justicia, estando de acuerdo en la posibilidad de modificar la Ley 20/2011 para clarificar dichos extremos. 

En cuanto a la demarcación de las Oficinas de Registro Civil, los responsables del PSOE siguen defendiendo el modelo establecido en la Ley 20/2011, que implica la concentración de las Oficinas de Registro Civil en unas pocas localidades y la desaparición de las funciones registrales de los Juzgados de Paz, sobre lo que CCOO discrepa profundamente, si bien entienden que debe haber un largo periodo transitorio que dependerá de la implementación de la nueva aplicación de Registro Civil, y que debe incluirse en la Ley 20/2011 una disposición que recoja todo el tránsito hasta el modelo de oficina de Registro Civil que ellos defienden y que asumen que durará bastantes años.

Entienden que sería un fracaso en la implantación de la Ley que la ciudadanía que hoy no se tiene que desplazar para recibir el servicio del Registro Civil lo tuvieran que hacer en el futuro, y que será la progresiva aplicación de las nuevas tecnologías en el Registro Civil la que en el tiempo podrá llevar a la modificación de la demarcación actual. Más allá de discrepancias sobre cuestiones concretas, existe el compromiso por parte de dichos responsables del Grupo Socialista en el Congreso en trabajar conjuntamente con CCOO sobre un texto que modifique la Ley 20/2011 en los términos citados y permita su entrada en vigor el 30 de junio de 2020.

En la reunión con Ciudadanos, cuya representación estaba encabezada por el diputado Edmundo Bal, portavoz de este grupo en la Comisión de Justicia del Congreso, se manifestó su total coincidencia con las posiciones que CCOO le  planteó para que el nuevo registro civil único e informatizado y con un folio personal único que sustituya al actual sistema de secciones de nacimientos, matrimonios y defunciones, sea desempeñado en exclusiva por personal de la Administración de Justicia, con los y las Letradas/as como Encargados y manteniendo tanto las oficinas principales en los partidos judiciales como las oficinas delegadas de los Juzgados de Paz.

Se han comprometido con CCOO en estudiar la fórmula para conseguir que la ley 20/2011 sea modificada en este sentido antes de su entrada en vigor. 

CCOO, 26.09.2019

CCOO vuelve a solicitar a los grupos políticos que impidan la entrada en vigor de la Ley 20/2011 de Registro civil, prevista para el 30 de junio de 2020, con su redacción actual

CCOO exige una modificación de la Ley 20/2011 para que se garantice un Registro Civil totalmente público, atendido por personal de la Administración de Justicia, con oficinas generales en todos los partidos judiciales y con oficinas delegadas en todos los Juzgados de Paz.

CCOO ha remitido a los grupos políticos un exhaustivo informe en el que explicamos los avatares de la tramitación de esta Ley del Registro Civil desde su aprobación allá por 2011 y los motivos que justifican la necesidad de su modificación, como son: 

- El desarrollo de la aplicación para la implantación del Registro Civil Electrónico. 
- La necesaria definición de la Administración de la que dependa funcionalmente el Registro Civil. 
- La adecuada demarcación de las Oficinas Generales de Registro Civil. 
- El establecimiento de funciones de los Juzgados de Paz en materia de Registro Civil. 
- La concreción de normas de competencia en la calificación de los hechos registrales. 
- Y otras importantes modificaciones de la Ley 20/2011 y normas complementarias que se recogen en el propio informe. 

Dado que dicha fecha de entrada en vigor se va aproximando, CCOO ha solicitado a los grupos parlamentarios que promuevan o, en su caso, apoyen la modificación de la Ley 20/2011 del Registro Civil, que permita su entrada en vigor de forma que se garantice que el Registro civil sea un servicio público integrado dentro de la Administración de Justicia, cercano, gratuito, accesible electrónicamente por las demás Administraciones y funcionarios públicos, con oficinas en todas las localidades y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia. 

CCOO afirma que seguirá presionando a los partidos políticos y al gobierno (en funciones o no) y cuando sea el momento oportuno no dudará en convocar las acciones y movilizaciones que sean necesarias, de común acuerdo con el personal de la Administración de Justicia y con el resto de organizaciones sindicales, políticas o de la sociedad civil que quieren sumarse a las mismas. 


CCOO denuncia ante el Defensor del Pueblo que, dos años después de la pérdida de competencias de los Registros Civiles para recibir las solicitudes de nacionalidad, existe una vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos

Subsisten agravados los problemas para la resolución de los expedientes de nacionalidad tramitados conforme el procedimiento antiguo

CCOO denuncia que el Ministerio de Justicia está fomentando la privatización del nuevo procedimiento, al dar preferencia a las solicitudes electrónicas presentadas a través de Abogados y Gestorías.


CCOO ha dirigido una carta al Defensor del Pueblo en la que denuncia que, tras dos años desde la retirada de la competencia de los Registros Civiles para informar, revisar y recibir las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia que se tramitan conforme el procedimiento establecido en el Real Decreto 1004/2015, sin que ninguna otra oficina pública realice las funciones que venían desarrollando los Registros Civiles, se están vulnerando derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros para acceder a la nacionalidad española establecidos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en concreto el derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes imponen a sus solicitudes; a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y el de asistencia a los interesados que carecen de medios electrónicos para presentar por sí mismos sus solicitudes. Todo ello supone, a juicio de CCOO, una vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos.

Ante la pérdida de competencia de los Registros Civiles para informar, recibir y revisar las solicitudes de nacionalidad a partir del 30 de junio de 2017 CCOO interpuso una queja ante la Oficina del Defensor del Pueblo, por entender que ello supondría la vulneración de numerosos derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros, al no existir ningún órgano administrativo que sustituyera a los Registros Civiles como oficinas de referencia para la tramitación de las solicitudes de nacionalidad. Dos años después, y tras diversas actuaciones del Ministerio de Justicia a requerimiento del Defensor del Pueblo, CCOO denuncia ante éste que subsisten agravados los problemas en materia de adquisición de la nacionalidad española por residencia:

1.- Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo cercano, como son los Registros Civiles, en donde informarse sobre los requisitos para la adquisición de la nacionalidad española, documentación a presentar y trámites a realizar. Sólo tienen la opción de informarse a través de la página web del Ministerio de Justicia o contratar los servicios de un profesional (abogado, gestor administrativo) que les asesore al respecto.

2.- Los ciudadanos extranjeros no tienen un organismo ante el que cerciorarse de que la documentación que acompañan a su solicitud de nacionalidad española es la correcta y adecuada, ni para que se digitalice y tramite de forma electrónica su solicitud. 

CCOO denuncia que ante la dificultad del trámite administrativo (conocimiento de requisitos, documentación a presentar) se ha fomentado con esta medida que los ciudadanos extranjeros contraten los servicios profesionales de abogados y gestores administrativos para su presentación por vía electrónica. Dado que muchos ciudadanos extranjeros no pueden  abordar el coste de la contratación de dichos servicios profesionales se está produciendo, a juicio de CCOO, vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos.

CCOO asimismo pone de manifiesto que el Ministerio de Justicia está tramitando y resolviendo las solicitudes presentadas en formato electrónico, mediante un plan de incentivos para personal del Ministerio de Justicia para la calificación de expedientes de nacionalidad fuera de horas de trabajo, mientras que las solicitudes presentadas en formato papel desde el año 2016 están sin digitalizar, metadatar y por tanto pendientes de incoar el expediente electrónico que permita iniciar su tramitación. Como la inmensa mayoría de solicitudes electrónicas han sido presentadas por medio de profesionales previo pago de sus honorarios, el Ministerio de Justicia está fomentando el uso de esta vía frente a la de los ciudadanos extranjeros que no quieren o no  pueden satisfacer sus honorarios y optan por la vía del papel.
Respecto a los llamados “procedimientos antiguos”, es decir, las solicitudes presentadas antes del 15 de octubre de 2015, CCOO denuncia que siguen siendo miles las solicitudes pendientes de resolver, con numerosos problemas añadidos:

§        Retraso de años en la resolución de los expedientes para los que se ha requerido que aporten documentación adicional.
§        Requerimientos de documentación adicional en muchos casos redundantes.
§        Elevado número de recursos de reposición interpuestos contra las denegaciones de nacionalidad.
§        Contratación de personal ajeno al Ministerio de Justicia (personas recién licenciadas en Derecho) para la resolución de las resoluciones de dichos recursos, tras un mínimo curso de formación.
§        Única opción de acudir a la vía contenciosa para agilizar la resolución de estos expedientes.

CCOO solicita al Defensor del Pueblo la continuación de la actuación abierta tras nuestra queja y a que inste al Ministerio de Justicia para que realice las actuaciones oportunas a fin de evitar la vulneración de los derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros que quieran adquirir la nacionalidad española en todo lo relativo a la información sobre los trámites, revisión de su documentación, consulta de dudas y presentación de su solicitud; en definitiva, de su derecho a acceder a la  nacionalidad española en igualdad de condiciones, sin discriminación alguna por lugar de residencia, acceso a nuevas tecnologías o recursos económicos con que pueda disponer. 

Para CCOO la solución a estos problemas pasa por que los Registros Civiles recuperen la competencia para recibir las solicitudes, como hasta el 30 de junio de 2017; por que los Registros Civiles puedan digitalizar y metadatar las solicitudes que se presenten ante ellos; e incluso que los Registros Civiles puedan ser los competentes para la instrucción de las solicitudes.

Publicada la 6ª enmienda de gestión de los expedientes antiguos de nacionalidad a los Registradores de la Propiedad, mientras persiste el desastre creado en la tramitación de las anteriores encomiendas

Aparece publicada en el BOE de hoy la Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica una nueva encomienda de gestión al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia correspondiente a los expedientes tramitados conforme el procedimiento previsto en la Ley de Registro Civil de 1957 (es decir, los previos al Reglamento 1004/2015) entre los años 2016 y 2019.

Esta sexta encomienda, en la que se prevé que los Registradores resuelvan unos 56.000 expedientes, tiene como contraprestación un precio de  1.677.732 €

La encomienda, la primera del supuesto gobierno progresista del PSOE,  supone volver a contratar, esto es, privatizar, la tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia, ante la incapacidad declarada de a Dirección General de Registros y del Notariado, de realizar las tareas de instrucción y tramitación de dichos expedientes hasta el momento inmediatamente anterior a aquel en que la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil eleva el preceptivo informe-propuesta de resolución al órgano competente, conforme al artículo 367 del Reglamento del Registro Civil.

La encomienda, según la cláusula Segunda.1, tiene por objeto los expedientes de nacionalidad por residencia de procedimiento antiguo que hayan sido recibidos en la DGRN desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2019 y que se estima que aproximadamente alcanzarán el número total de 56.000. Es decir, quedan excluidas las solicitudes de adquisición de nacionalidad española por residencia presentadas conforme el nuevo procedimiento establecido en la Disposición Final Séptima de la Ley 19/2015. 

Esta encomienda es un punto y seguido en la vergonzosa actuación del Ministerio de Justicia, antes con el PP y ahora con el PSOE, desde finales del año 2011, que primero permitió la acumulación de miles de solicitudes de nacionalidad española sin darles trámite, luego impulsó su resolución supuestamente gratuita por los Registradores de la Propiedad en una materia absolutamente ajena a su función y como primer paso para el intento de regalarles la gestión del Registro Civil,  y ha continuado, una vez frustrada la privatización del Registro Civil, con el pago de cuantiosas sumas del erario público para realizar el trabajo que el Ministerio de Justicia ha sido incapaz de llevar a cabo. 

Pero lo peor de todo es que los problemas que llevamos denunciando en este blog desde hace años, con la tramitación por parte de los Registradores de la Propiedad (zapatero, a tus zapatos), subsisten. En los Registros Civiles estamos hartos de recibir requerimientos para que ciudadanos rumanos que han presentado certificados plurilingües de nacimiento (que conforme el Convenio correspondiente están dispensados de traducción y apostilla) tengan que volver a presentar otros certificados de nacimiento; o que se les requiera para que presenten nuevo certificado de antecedentes penales de Rumanía, cuando se ha aportado certificado a tal efecto expedido por el Ministerio de Justicia en España previa consulta con las autoridades rumanas. La mitad de Registradores siguen sin enterarse de la legislación española, y siguen siendo cientos, miles, los expedientes anteriores a 2016 tramitados conforme el procedimiento antiguo pendientes de resolver. Y el Ministerio de Justicia no ejerce control alguno sobre los requerimientos que a diario remiten los Registradores para trámites adicionales. Que los ciudadanos extranjeros tengan que acudir al recurso contencioso administrativo para acelerar la concesión de la nacionalidad, tras un año de espera desde la presentación de sus solicitudes, es una muestra más del fracaso de quien diseñó las encomiendas de gestión y de quienes han ideado el nuevo procedimiento de nacionalidad. Queda claro que los culpables de este desaguisado no éramos los Registros Civiles, sino la DGRN y ahora los Registradores de la Propiedad. 

No sólo eso. Cuando se requiere al ciudadano extranjero para que aporte nuevos documentos, la documentación se remite a la DGRN, donde guarda el sueño de los justos junto con el resto de la documentación que de ordinario se remite a dicho organismo hasta que alguien la abre, la digitaliza y la remite al Registrador de turno, que luego tarda una eternidad en hacer la propuesta de resolución. 

El Ministerio de Justicia, ahora del PSOE, quiere vender una supuesta buena gestión en la tramitación de los expedientes de nacionalidad, los antiguos y los modernos conforme el Reglamento 1004/2015, pero la realidad es que un año después de la moción de censura la situación es igual o peor, pues el retraso en su resolución se sigue acumulando. Si además se sigue confiando en los Registradores de la Propiedad, para quienes el tema de los expedientes de nacionalidad apenas tiene interés en sus cuantiosos negocios, y así lo demuestran día a día, apaga y vámonos.

El Ministerio de Justicia, en vez de solucionar los problemas de personal del Registro Civil Central, firma un acuerdo con el Colegio de Abogados de Madrid para obtención de certificados a 5 € más iva

Casi siempre que este Ministerio de Justicia toca algo del Registro Civil, es para peor. Lo de ahora tiene tintes surrealistas. Pese a las denuncias reiteradas de la falta de personal del Registro Civil Central para atender la multitud de solicitudes de certificados; frente a la ineptitud del Ministerio de Justicia que permita solucionar los problemas técnicos que permitan obtener certificaciones deslocalizadas del Registro Civil Central desde cualquier Registro Civil informatizado; y ante las reclamaciones reiteradas y quejas constantes de los ciudadanos y de los profesionales, el parche que ofrece el Ministerio de Justicia es solucionar el problema a unos pocos, eso sí, pagando. 

Ministerio de Justicia y el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) han firmado un acuerdo para que los abogados de este colegio (los demás abogados no tienen derecho a beneficiarse de este servicio) puedan obtener certificados del Registro Civil Central en 24 horas, previo pago de 5 € más IVA. A los demás ciudadanos y gente que no quiera ir a través de dichos Abogados, que los zurzan, tendrán que seguir esperando meses para recibir sus certificados, y ahora más todavía, porque como habrá que sacar con carácter preferente los certificados solicitados a través de gestorías y abogados, el tiempo que se tarde en hacerlo será tiempo que se detraerá en expedir los certificados para el resto de los ciudadanos. Eso desde un Ministerio cuya Ministra presume de ser de izquierdas (risas).

El acuerdo firmado entre el Ministerio de Justicia y el ICAM crea un sistema absolutamente perverso y favorece los intereses privados frente a los intereses de la ciudadanía, ya que a quienes necesiten obtener los certificados se les ofrecen varias opciones:

- Se podrá pedir cita previa por internet, citas que se están concediendo, como mínimo, para dos meses después de la solicitud.

- Se podrá solicitar la certificación por correo ordinario o en la web del Ministerio de Justicia para que, desde el Registro, se remita por correo al domicilio de la persona que lo solicita. Por este sistema se están recibiendo las certificaciones varios meses después de solicitarlas, en muchos casos hasta seis meses después o más.

- Se podrá efectuar la solicitud a través de una gestoría pagando la minuta correspondiente (las gestorías ya tienen un trato preferente frente a la ciudadanía en general desde hace varios meses).

- Y, ahora, se podrá solicitar la certificación a través de un despacho de abogados, que cobrará, además de los 6.05 euros que el ICAM cobra al abogado o abogada, la minuta correspondiente a la consulta y gestión del abogado o la abogada (con seguridad varias decenas o algún centenar de euros).

Es decir, quien pueda pagarse un despacho de abogados o una gestoría tendrá una atención más rápida que quien no tenga capacidad económica

Este servicio, por el que tanto el Colegio de Abogados de Madrid como los propios abogados y abogadas obtendrán beneficios económicos, será prestado de forma gratuita para ellos por personal funcionario del Registro Civil Central al que se obligará a expedir las 30 certificaciones diarias a que se ha comprometido el Ministerio de Justicia, lo que además provocará más atraso en la expedición de certificaciones a quienes las soliciten directamente, ya que la plantilla de este Registro Civil, que ya era insuficiente, ahora se verá mermada para la atención ordinaria a la ciudadanía al dedicarse parte de ella a atender las solicitudes del ICAM.



CCOO rechaza la posibilidad de que Juan Campo pueda ser nombrado Ministro de Justicia. Sería la guerra total en materia de Registro civil

Ante las noticias aparecidas en algunos medios digitales de información, sobre el posible nombramiento de Juan Carlos Campo como Ministro de Justicia, CCOO ha manifestado su oposición frontal. 

La trayectoria de Juan Carlos Campo como secretario de Estado de Justicia en la época en que fue ministro de Justicia Francisco Camaño, sus posiciones en relación con el Registro Civil (pretende cerrar las oficinas de las pequeñas y medianas poblaciones) y su apuesta por la supresión de los Juzgados de Paz y los partidos judiciales centralizando todos los juzgados en las capitales de provincia, entre otras actitudes contrarias a la posición oficial de su partido en defensa del mundo rural, y sus manifestaciones, siendo portavoz por el PSOE en la comisión de Justicia del Congreso, en contra de los derechos del personal de la Administración de Justicia al que ha pretendido imponer la movilidad forzosa en una reforma de la LOPJ pactada con el PP EN 2018, son varias muestras de los motivos por los que se ha ganado ser persona non grata para el Sector de Justicia de CCOO y para gran parte de nuestro colectivo.

CCOO se está dirigiendo a los responsables del PSOE, y a su secretario general, para trasladarles que el eventual nombramiento de Juan Carlos Campo como ministro de Justicia sería un gravísimo error y un nuevo retroceso para los derechos de la ciudadanía y del personal de la Administración de Justicia.

CCOO exige a los partidos políticos un pronunciamiento favorable sobre el Registro Civil: debe mantenerse servido de forma exclusiva por el personal funcionario de la Administración de Justicia

CCOO ha remitido una carta a los partidos políticos exigiendo un compromiso público, claro e inequívoco de que en la próxima legislatura defenderán que el Registro Civil siga siendo un servicio público, cercano a los ciudadanos y ciudadanas de toda España sin importar su lugar de residencia, gratuito, servido de forma exclusiva por el personal de la Administración de Justicia, con el cuerpo de Letrados como Encargados de los mismos, y en el que se garantice a toda la ciudadanía el acceso a sus servicios y procedimientos en condiciones de igualdad, promoviendo o apoyando a tal fin las modificaciones normativas o complementarias de la Ley 20/2011, de 21 de junio, de Registro Civil que sean precisas.

Finalizada la XII legislatura, la situación respecto de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de Registro Civil es la misma que en las últimas elecciones generales celebradas el 26 de junio de 2016: la Ley 20/2011 no ha entrado en vigor, sino que se ha prorrogado la misma hasta el 30 de junio de 2020, y si bien se ha licitado la aplicación que permitirá en su día la implantación del folio único registral, es mayoritario entre las fuerzas políticas, organizaciones profesionales y sindicales, y numerosas Administraciones Locales, la opinión de que la Ley 20/2011 no puede entrar en vigor con la redacción actual, y que es precisa su enmienda. Administraciones de todo tipo y signo político así se han pronunciado en los últimos años.

Para CCOO no es una opción válida ni viable la entrada en vigor de la Ley 20/2011 con la actual redacción, pues saca fuera de la Administración de Justicia y de su personal la llevanza del Registro Civil en que ha estado de forma pacífica y ejemplar los últimos 140 años; suprime más de 350 oficinas principales del Registro Civil así como todas las competencias de los Juzgados de Paz en esta materia, lo que supone un alejamiento de un servicio público esencial respecto de millones de ciudadanos y ciudadanas de España; deja en clara indefinición de qué administración dependerá funcionalmente el Registro Civil y su personal; y excluye competencias de los Registros Civiles, algunas ya desarrolladas como en materia de adquisición de la nacionalidad española, lo que supone tanto la privatización de trámites que deberían ser en todo caso gestionados por Administraciones públicas como el incremento de las desigualdades en el ejercicio de derechos entre quienes pueden pagar los servicios profesionales de gestores y abogados para realizar trámites de nacionalidad y los que no. 

CCOO propone la reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, para que pueda entrar en vigor dicha ley dentro del plazo previsto, basado en los siguientes ejes:

  • Registro Civil integrado en la Administración de Justicia
  • Registro civil servido de forma exclusiva por el personal de la Administración de Justicia, con los Letrados como Encargados de los mismos y Gestores con asunción de funciones delegadas.
  • Mantenimiento de la actual estructura de Oficinas de Registro Civil en cada partido judicial, si bien con funciones singularizadas respecto de las que se realizan en las Oficinas Judiciales, y de los Juzgados de Paz con funciones delegadas. Restablecimiento de los principios de competencia territorial, excepto para la expedición de certificados de inscripciones informatizas o digitalizadas.
  • Registro Civil electrónico,  accesible por todas las Administraciones y funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.
  • Exclusividad del Registro Civil en la tramitación de procedimientos relativos al estado civil (incluidos matrimonios  e instrucción de solicitudes de nacionalidad).
CCOO también informa que el Secretario de Estado de Justicia ha remitido un escrito por el que desmiente la noticia publicada por el STJ de que el Ministerio de Justicia apueste por la entrada en vigor de la Ley 20/2011 sin modificación alguna, por entenderla excesiva y que no puede ser confirmada, aunque no la desmiente con la contundencia necesaria sino que se remite a la situación política actual . 

Escucha, Pedro Sánchez: el PSOE sigue defendiendo la desaparición de los Registros Civiles de los Juzgados de Paz y de gran mayoría de los partidos judiciales

Decenas de miles de personas, incluidos 4 ministros del Gobierno, se han manifestado este domingo en Madrid para reclamar una solución urgente contra la despoblación. La Delegación de Gobierno estima que unas 50.000 personas se han manifestado en la capital, mientras que los organizadores, Soria ¡Ya! y Teruel Existe, aumentan esa cifra a 100.000 personas. Reclaman oportunidades. Quieren quedarse a vivir en sus pueblos, en las cabeceras de comarca, en las capitales de provincia que pierden población. Mientras tanto, el PSOE sigue queriendo implantar la Ley 20/2011, que supondría dejar sin registro civil a todas las poblaciones que cuentan con Juzgados de Paz y a más de 350 partidos judiciales, pasando a haber apenas 60 oficinas en todas España. 

SOS Registro ha estado en la manifestación exigiendo el mantenimiento de los Registros Civiles en todos los Juzgados de Paz y Juzgados de 1ª Instancia, junto a los miles de personas que quieren dar la voz de alarma y esperan que haya un antes y después de esta marcha, cuyo recorrido comenzó en la Plaza de Colón y terminó en Neptuno. La Revuelta de la España vaciada ya está en marcha y no será callada”, han leído los periodistas Manuel Campo Vidal, quien fue presidente de la Academia de Televisión durante 12 años, y Paloma Zuriaga, directora de RNE. Exigen servicios públicos de calidad, inversiones reales, fondos europeos finalistas, una fiscalidad diferenciada. El PSOE dice que les apoya, pero a la primera de cambio quiere suprimir de sus municipios un servicio público esencial como es el Registro Civil, y obligar a estos españoles a ser de segunda división.

En España, el 48% de los municipios tienen una densidad de población inferior a los 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado, cifra a partir de la cual la Unión Europea considera baja densidad. Entre 2011 y 2017, casi el 62% de las localidades han perdido vecinos, según datos del Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico. Pero no solo pierden habitantes los pequeños pueblos, la sangría llega también a las cabeceras de comarca y a capitales de provincia. El 63% de las ciudades de 20.000 a 50.000 residentes han menguado en la última década. Y mientras se sigan perdiendo servicios públicos, más gente marchará.

“Que seamos pocos no resta derechos”, insiste una participante en la marcha. Ella se tuvo que marchar de su ciudad para poder estudiar Derecho y pasó 20 años fuera. “Es lo que ocurre, cuando nos vamos luego no podemos volver, no hay trabajo”, se queja. En su caso tuvo que esperar dos décadas para encontrar una oportunidad. Cuenta que tiene que ir a Madrid cuando necesita ir al neurólogo por un problema que padece en la columna vertebral. “Es lo que ocurre, no tenemos los mismos servicios”, prosigue. Y esto no puede ser.

El PSOE tiene una oportunidad de oro para demostrar su compromiso con los ciudadanos que no viven en las grandes ciudades, defendiendo que siga habiendo registros civiles en todos los municipios de España. Nadie entiende que en la era de las nuevas tecnologías, en pro de la modernidad el certificado de nacimiento o la fe de vida que hoy se obtiene en el acto mañana haya que pedirlas en oficinas a decenas de kilómetros, o esperar unos días a que te lo manden por correo. Mientras el PSOE siga defendiendo la supresión de servicios esenciales de las poblaciones pequeñas y medianas, difícilmente puede ser una opción válida para votarles. Pedro Sánchez, tú sabrás lo que haces de aquí al 28 de abril.

El Ministerio de Justicia desconvoca la reunión prevista para hoy para tratar del Registro civil, por estar pendiente del trámite de los Presupuestos Generales del Estado

La reunión que estaba prevista para el día de hoy con el Secretario de Estado de Justicia se ha desconvocado sine die. El Secretario de Estado tiene que asistir hoy a la votación en el Congreso de las enmiendas a la totalidad de los Presupuestos Generales del Estado, junto con la Ministra. Como es bien conocido, la posibilidad de que se aprueben las enmiendas a la totalidad del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado supondrá seguramente la convocatoria de elecciones generales. 

El Ministerio de Justicia convoca una reunión para el día 13 de febrero para hablar del Registro Civil mientras ya va diciendo que su personal y su gestión quedará fuera de la Administración de Justicia

Hace apenas un año el Congreso de los Diputados rechazó la toma en consideración de la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, de reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, que pretendía enmendar esta ley para establecer que el servicio del Registro civil sería prestado por personal de la Administración de Justicia, con los Letrados a cargo de las Oficinas Registrales, manteniendo las Oficinas del Registro Civil su ubicación en las mismas localidades en que se encuentran las sedes de los actuales Registros Civiles Municipales y de Paz. Algo en que había mayoritario consenso entre los partidos políticos (excepto Juan Campo, portavoz del PSOE en Justicia).

Esta Proposición fue derrotada porque el PSOE y las Asociaciones de Jueces y Fiscales maniobraron para ofrecer una derrota al entonces Ministro de Justicia Rafael Catalá. El PSOE, por su labor de oposición al Gobierno. Las Asociaciones de Jueces y Fiscales, en su lucha por mejorar sus retribuciones. La cuestión es que había que debilitar al entonces Ministro Rafael Catalá, y apenas unas horas antes, maniobraron ante los demás partidos políticos: Ciudadanos, que iba a votar a favor de la toma en consideración de la Proposición de Ley, pasó a la abstención; Podemos, que iba a abstenerse en la toma en consideración de la Proposición de Ley (tiene presentada en el Congreso otra con los mismos fines pero mucho más ambiciosa), pasó al no. Y gracias a la presión ejercida sobre estas dos formaciones políticas, el PSOE y las Asociaciones de Jueces y Fiscales obtuvieron una victoria sobre el Ministro Rafael Catalá. El cabreo de la portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso el día del debate sobre la toma en consideración de su Proposición de Ley era evidente y más que justificado, y su intervención en el debate la hubiéramos firmado desde este blog. Así se perdió una oportunidad histórica de remediar los grandes males que tiene la Ley 20/2011, de Registro civil, cuyo instigador estaba y sigue estando en la tribuna del PSOE, su portavoz en materias de Justicia Juan Campo.

Aprobada la moción de censura, y tras esperar un tiempo a que los nuevos responsables del Ministerio de Justicia se hiciesen cargo de las cuestiones que había pendientes, en una reunión celebrada el pasado mes de septiembre el Ministerio de Justicia se comprometió a crear un grupo de trabajo sobre el tema del Registro Civil (así lo decía el propio Ministerio en una de sus notas de prensa), aunque en la reunión manifestaron que estudiarían los cambios que precisaba la Ley 20/2011, “si es que hay algo que cambiar”.

Han pasado los meses, en el que los responsables del Ministerio de Justicia ha estado más pendiente de cuidar de la imagen pública de su Ministra ante la divulgación de sus conversaciones privadas de hace unos años o de desenterrar cadáveres que en diseñar un programa ambicioso para la Administración de Justicia, incluido el Registro Civil, que pueda ser compartido con las demás formaciones políticas e implementado más allá de las disputas entre partidos. Meses en que a quienes gestionamos este blog nos han parecido como si los responsables del PSOE en el Ministerio de Justicia quisieran dejar la Ley 20/2011 tal y como está (en palabras de Juan Campo la ley es perfecta, no hay que hacer modificación alguna) y poco a poco seguir con el desarrollo de la plataforma electrónica que dé servicio al futuro Registro Civil, para permitir la entrada en vigor de la Ley 20/2011 con su redacción actual aunque ello suponga sacar a los Registros fuera de la Administración de Justicia, sacar al personal de la Administración de Justicia fuera de los Registros Civiles, cerrar más de 350 Oficinas principales de Registro civil y suprimir todas las competencias de los Juzgados de Paz en esta material. Su excusa, que fue una Ley aprobada por el Parlamento.

No hay peor ciego que el que no quiere ver, hay gente capaz de ver la paja en ojo ajeno y ser incapaz de ver la tremenda viga que tiene entre ceja y ceja. Aceptar que la Ley 20/2011, con su redacción actual, por más que fuera aprobada por práctica unanimidad en el Congreso de los Dìputados, pueda entrar en vigor es un error y un dislate mayúsculo. El problema para su entrada en vigor, Sr. Campo y Sra. Delgado, no ha sido la falta del desarrollo tecnológico para implantar el Registro único electrónico, sino la tremenda indefinición y lagunas que presenta su Ley en toda la cuestión orgánica: quiénes van a ser en definitiva los Encargados de los Registros civiles, quiénes van a ser su personal, a qué administración va a pertenecer este personal, dónde se van a ubicar las Oficinas de Registro Civil, cómo justifica la supresión de la cercanía de un servicio público modélico para concentrarlo en unas pocas capitales de provincia, etc. Este es el verdadero problema de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, y han sido estas indefiniciones, estas lagunas, las que propiciaron el intento de privatización del Registro Civil contra el que hemos luchado desde el mismo año 2011.

El Ministerio de Justicia no ha creado el grupo de trabajo de Registro Civil. Pasan los meses y no tenemos noticia alguna sobre esta materia. Las organizaciones sindicales bastante han tenido hasta el mes de diciembre para luchar contra la modificación de la LOPJ, y ahora es el momento de retomar el tema. Desde este blog hemos mantenido la prudencia y el silencio, en espera de que se produjera algún movimiento por parte de los responsables del Ministerio de Justicia, y ello aunque dado el tiempo que lleva el Ministerio de Justicia dando largas en el tema sin decir nada, parece como si quisiera ir a una política de hechos consumados e implantar la Ley 20/2011 tal y como fue aprobada, sin cambio alguno (es lo que defiende Campo), en junio de 2020. Y como la plataforma electrónica del futuro Registro Civil está ya licitada y llevan meses trabajando en ella, ya no habrá impedimento alguno técnico para ello.

Pues bien, se han producido los primeros movimientos … y no parece que para bien.

El pasado 30 de enero compareció ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados Cristina Latorre Sancho, Subsecretaria de Justicia, para exponer las líneas presupuestarias del Ministerio de Justicia con ocasión del futuro debate de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2019. Las respuestas de la Subsecretaria en materia de Registro Civil a las preguntas y manifestaciones hechas por los miembros de dicha Comisión nos permitió atisbar las pretensiones del Ministerio en materia de Registro Civil. La Subsecretaria habló de si el tema del Registro Civil daba para una sesión monográfica (aun estamos esperando su convocatoria), que el nuevo programa informático puede estar en marcha en diciembre de este año, que se van a cambiar alguno de las 17 oficinas piloto que trabajarán con la nueva aplicación, que han que implantar las Oficinas de Registro Civil y “dotarlas de funcionarios” (debe ser que los actuales no sirven), y de establecer su red informática propia (no compartida con las de los órganos judiciales).

Ese mismo día el Secretario de Estado de Justicia, tras las reiteradas llamadas de CCOO para empezar a tratar el tema del Registro civil, remite un correo electrónico a las organizaciones sindicales para convocar una reunión sobre este tema prevista para el día 13 de febrero.

Al día siguiente, el día 31 de enero, se produjo una reunión de altos cargos del Ministerio (Subdirector de Relaciones con la Administración de Justicia, Subdirector General de Registro y del Notariado, Cónsules de España en el extranjero, responsable del Ministerio de Asuntos Exteriores) en el Registro Civil Central, tras la cual informaron a su personal que el Registro Civil Central va a dejar de estar servido por personal de la Administración de Justicia, y reemplazado, al parecer, por personal de la AGE.

CCOO reaccionó ante esta visita,  y sobre todo ante los anuncios hechos a su personal, y dirigió inmediatamente una carta a la Ministra de Justicia. En dicha carta CCOO rechaza cualquier modificación de la estructura del Registro Civil y sigue defendiendo que el Registro Civil permanezca servido íntegramente por el personal al servicio de la Administración de Justicia. En su misiva, exige la convocatoria de mesa de negociación que permita garantizar los derechos del personal de la Administración de Justicia y los de la ciudadanía, no existiendo mejor solución para el Registro Civil, que siga servido en exclusiva por el personal de la Administración de Justicia y que se ponga a disposición del Registro Civil todos los medios materiales y tecnológicos para que este servicio siga siendo público y gratuito y siga gozando de la eficacia demostrada a lo largo de decenas de años. Para CCOO es hora de que el Ministerio de Justicia deje de marear la perdiz y diga, de forma inequívoca, que el Registro civil (incluido el Registro Civil Central) permanecerá dentro del ámbito de la Administración de Justicia y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia. Y tras ese pronunciamiento, abrir ya la vía de la modificación de la Ley 20/2011, que debería plasmarse en un Proyecto de Ley definitivo que garantice lo anterior. 


Tras esta carta UGT informa que ha mantenido un encuentro con el Secretario General de Justicia y la Directora General y dos subdirectores de esta Dirección General, donde el asunto principal ha sido cuál será el futuro del Registro Civil , y que increíblemente, la Ministra de Justicia ha optado por continuar implementando la Ley 20/2011. A su juicio claramente el PSOE también quiere sacar el Registro Civil fuera de la Administración de Justicia y distanciar el servicio de la ciudadanía. CSIF y STAJ están desaparecidos en este tema. 

Este blog nació en su día para luchar contra la privatización del Registro Civil a que dio lugar la deficiente Ley 20/2011 de Registro Civil. Una Ley que pasará a los anales de la historia legislativa española como la de vacatio legis más amplia, pues no estamos ante un problema tecnológico que impida su implantación, sino de desarrollo orgánico ante su intención de sacar el Registro civil fuera de la Administración de Justicia y su personal sin definir qué administración va a ser responsable del mismo, quién va a ser su personal y quiénes van a ser sus Encargados. Fueron estas indefiniciones  y no un problema tecnológico lo que movió a un grupo de Registradores de la Propiedad y Mercantiles a intentar quedarse con el Registro Civil, privatización que felizmente fue derogada un par de meses antes. 

Hemos estado tentados muchas veces de cambiar el encabezamiento de este blog, No a la privatización del Registro Civil, pero no lo hemos querido hacer porque hasta que no se entre en vigor la Ley 20/2011 no estará de todo el peligro conjurado. Pero sí que hemos querido mantener activo el blog, exponiendo las que a nuestro juicio deberían ser las líneas maestras del futuro Registro civil, y cómo dar solución al problema de las nacionalidades, privatización encubierta del trámite para su solicitud. Por este motivo vamos a seguir dando cumplida información de cuanto acontezca a partir de ahora, de cuál es la propuesta del Ministerio de Justicia y si es la que parecer ser que es, la respuesta que den las organizaciones sindicales y los trabajadores de los Registros civiles. Ahora no nos puede pasar como en el año 2011, hay que defender hasta el final que el Registro Civil no sólo sea público y gratuito, sino también cercano a los ciudadanos y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia.  Pero lo que sí vamos a hacer a partir de la reunión del día 13 de febrero es cambiar las fotos de los responsables de la privatización: si el Ministerio sigue adelante con su plan-Ley 20/2011 de sacar al Registro Civil fuera de la Administración de Justicia, sin su personal y con reducción drástica de Oficinas, las fotos serán las de los actuales Presidente del Gobierno y Ministra de Justicia.


El PSOE tiene una oportunidad de oro para dejar de hacer el ridículo en esta materia. El apoyo que nos dio en su día Pedro Sánchez en nuestras reivindicaciones no puede ser mero postureo, ni tampoco las manifestaciones de los portavoces parlamentarios del PSOE que tanto lucharon contra la privatización del Registro (Campo no, éste iba a su bola), o las de los responsables de la ejecutiva federal del PSOE que mantuvieron una reunión con la asociación S.O.S Registro Civil hace un año, o las decenas de pronunciamientos de plenos de ayuntamientos y cámaras autonómicas contra la desaparición de los Registros Civiles de sus municipios. Se acercan las elecciones municipales y autonómicas y si el Gobierno del PSOE quiere sacar el Registro Civil de la Administración de Justicia y reducir las oficinas de Registro Civil a unas pocas en toda España debe decirlo ya, para que la gente pueda saberlo y votarles (botarles) en consecuencia.

La necesaria reforma de los trámites para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Parte III, la inexistencia de una administración que oriente a los solicitantes


Especial significación tiene, a nuestro juicio, la pérdida de la competencia de los Registros Civiles para recibir las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia a partir del 30 de junio de 2017.

Los Registros Civiles habían sido hasta la entrada en vigor del nuevo procedimiento de nacionalidad los encargados de la primera fase de instrucción de los expedientes de nacionalidad, contando con personal formado y experto en esta materia. Tanto el RD 1004/2015 como la Orden JUS/1625/2016 atribuyeron competencias de los Registros Civiles para la recepción de las nuevas solicitudes, si bien estableciendo como límite temporal el 30 de junio de 2017. Al efecto, les correspondía a los Registros Civiles:

·   la recepción de las solicitudes (DT 2ª.1 RD 1004/2015)
· la práctica de los requerimientos necesarios a los interesados para completar las solicitudes incompletas (DT 2ª.1 RD 1004/2015)
· la remisión de las solicitudes “una vez contengan toda la documentación exigida”, a la Dirección General de Registros y del Notariado ( DT 2ª.1 RD 1004/2015)
· la posibilidad de digitalizar los documentos y remitirlos de forma telemáticamente a la Dirección General de Registros y del Notariado, conforme a las condiciones que estableciera dicha Dirección General (DT 2ª.2 y artículo 3 del Reglamento, RD 1004/2015). La Dirección General nunca desarrolló este precepto.

Todo ello implicaba que los Registros Civiles tuviesen además la obligación de informar a los solicitantes sobre los requisitos para obtener la nacionalidad española y la documentación necesaria para ello.

El sindicato CCOO advirtió reiteradamente al Ministerio de Justicia, antes del 30 de junio de 2017, sobre la necesidad de modificar el RD 1004/2015 para suprimir cualquier límite temporal sobre la competencia de los Registros Civiles en la recepción de las solicitudes de nacionalidad, sin que se hiciese caso por el Ministerio ni se designase otra Administración  que se hiciera cargo del trabajo realizado al efecto por los Registros Civiles. El Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presentó al efecto una Proposición no de Ley para instar al Ministerio de Justicia a tal efecto, Proposición que no llegó a ser votada.

A partir del 30 de junio de 2017 la pérdida de la competencia de los Registros Civiles principales y delegadas para recibir las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia, sin que otra Administración pública haya asumido las competencias que antes tenían los Registros civiles, está teniendo los siguientes efectos:

1.- Los ciudadanos extranjeros ya no tienen una Administración pública cercana cercano en donde informarse sobre los requisitos para la adquisición de la nacionalidad española, documentación a presentar y trámites a realizar. Sólo tienen la opción de informarse a través de la página web del Ministerio de Justicia o contratar los servicios de un profesional (abogado, gestor administrativo) que les asesore al respecto.

2.- Los ciudadanos extranjeros ya no tienen una Administración pública ante el que cerciorarse de que la documentación que acompañan a su solicitud de nacionalidad española es la correcta y adecuada, comprobación que únicamente realizan los Registros Civiles conforme la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 1004/2015. En la actualidad la Dirección General de Registros y del Notariado tarda cerca de dos años en requerir a los solicitantes para que completen sus solicitudes, en caso de que entiendan que faltan documentos; ello se va a incrementar exponencialmente ante la falta de organismo de supervisión inicial de la solicitud, lo cual implica una nueva dilación en la resolución de su solicitud, cuyo plazo según los compromisos de calidad de la Carta de Servicios de la Dirección General de Registros y del Notariado incumplen siempre. La propia Subdirectora Adjunta calificó de “basura” la documentación que se está presentando por quienes no contratan los servicios de profesionales para presentar sus solicitudes.

3.- Los ciudadanos extranjeros ya no tienen una Administración pública cercana ante la que poder presentar su solicitud de adquisición de la nacionalidad. A partir del 30 de junio de 2017 solo pueden presentarse a través de la correspondiente aplicación electrónica, o bien conforme a las reglas generales sobre presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones de los ciudadanos ante los órganos de las Administraciones Públicas, contratando o no los servicios profesionales de abogados o gestores administrativos..

En definitiva, desde que el  30 de junio de 2017 los Registros Civiles perdieran su competencia para recibir las solicitudes de nacionalidad española, sin que exista una oficina pública concreta, dependiente del Ministerio de Justicia, en que los solicitantes puedan informarse acerca de los trámites para adquirir la nacionalidad española y presentar sus solicitudes, se estarían vulnerando el derecho que los ciudadanos extranjeros tienen para realizar este trámite conforme lo establecido en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por tanto limitación al derecho al acceso a la nacionalidad española. Ante la dificultad del trámite administrativo (conocimiento de requisitos, documentación a presentar) se está fomentando que los ciudadanos extranjeros contraten los servicios profesionales de abogados y gestores administrativos para su presentación por vía electrónica, lo que incrementa el coste del trámite (101 € de tasa de nacionalidad, cerca de 200 € por la realización de las pruebas de conocimiento del idioma castellano y de la cultura española), y dado que muchos ciudadanos extranjeros no pueden abordar el coste de la contratación de dichos servicios profesionales se está produciendo, a nuestro juicio, una vulneración del derecho a la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos públicos.

Como consecuencia de todo ello el sindicato CCOO elevó al Defensor del Pueblo un escrito a fin de solicitar su intervención. Dicho escrito ha dado lugar al Expediente 17011879 del Defensor del Pueblo, en virtud del cual esta Institución se dirigió al Ministerio de Justicia en octubre de 2017 a fin de que informara “de qué modo pueden los interesados hacer efectivo el derecho que contempla el artículo 53.1 f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, referido a la necesidad de que los solicitantes puedan recibir una atención cercana y directa para la obtención de información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a las solicitudes que se propongan realizar. Asimismo, se solicitó información acerca de las alternativas que puedan tener otros ciudadanos que quieran hacer su solicitud sin necesidad de pasar por un profesional que les preste asesoramiento” (página 151 del Informe 2017 del Defensor del Pueblo). El Ministerio de Justicia informó que se ha instruido al personal de las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia (22 en toda España) para auxiliar a los solicitantes, pero lo cierto es que, sin entrar en valorar la calidad de dicha formación en caso de que haya existido, resulta completamente insuficiente y obligaría al desplazamiento de más de cien  kilómetros en muchos casos para poder recibir una atención en la materia. 

Además ni las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia ni la Oficina de la calle Bolsa de Madrid revisan que la documentación que los ciudadanos extranjeros acompañan a la solicitud de nacionalidad española es la correcta y adecuada, efectuando los requerimientos necesarios para subsanar las solicitudes defectuosas, tal y como hacían los Registros Civiles hasta junio de 2017. La inexistencia de este filtro está suponiendo que muchas de las solicitudes de nacionalidad presentadas a partir de julio de 2017 son incompletas o defectuosas, o en palabras de la Subdirectora de Nacionalidad y Estado Civil en el II Congreso de Nacionalidad Española celebrado en mayo de 2018, “se está presentando mucha basura”. Ello supondrá que se tendrán que multiplicar los requerimientos para subsanar las solicitudes defectuosas o incompletas, lo que supondrá una nueva dilación en la resolución de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.

A nuestro juicio, la inexistencia de una administración cercana que cumpla las funciones que estaban desempeñando los Registros Civiles hasta el 30 de junio de 2017 respecto de las nuevas solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia supone la vulneración de los derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros que quieran adquirir la nacionalidad española en todo lo relativo a la información sobre los trámites, revisión de su documentación, consulta de dudas y presentación de su solicitud; en definitiva, de su derecho a acceder a la  nacionalidad española en igualdad de condiciones, sin discriminación alguna por lugar de residencia, acceso a nuevas tecnologías o recursos económicos con que pueda disponer. 

En consecuencia urge que los Registros Civiles recuperen su competencia de recepción, revisión, requerimiento para aportar la documentación legalmente establecida y remisión de las solicitudes de nacionalidad a la DGRN para su instrucción, y ello sin perjuicio de la posibilidad de que los ciudadanos puedan seguir presentando sus solicitudes de forma telemática  o en formato papel, por medio de profesionales o directamente en otras oficinas de registro. Además el Ministerio de Justicia debería desarrollar las condiciones para que esta documentación pudiera ser digitalizada y metadatada por los Registros Civiles, y remitida de forma telemática a la DGRN para su instrucción, evitando con ello la discriminación que van a sufrir quienes por falta de medios materiales no han podido presentarla en forma electrónica, bien directamente o a través de profesionales.