Las presiones que paralizaron la reforma del Registro Civil

"Nos estaban empezando a poner la cabeza como un bombo con la llevanza de los Registros". La paralización de la reforma del Registro Civil fue otro de los asuntos que destacó ayer el ministro de Justicia, Rafael Catalá, en el Ágora de elEconomista.

Catalá reconoció que la medida que impulsó el Gobierno para desjudicializar el Registro suscitó tantas tensiones entre los agentes jurídicos que fue necesario detener su estudio y su tramitación. "Hemos decidido tomarnos un tiempo suficiente para adoptar las decisiones más adecuadas sobre esta materia", indicó.

Sin embargo, el titular de Justicia insistió en su postura inicial, que sostenía que los profesionales encargados de este organismo no tenían necesariamente que pertenecer a la judicatura. "Parece razonable que la llevanza de un registro no requiera la intervención del juez", señaló.

En este sentido, recordó que la principal justificación de esta medida era la de desatascar los juzgados y liberarles de aquella carga de trabajo. También argumentó que la reforma supondría una mejora en la calidad del servicio hacia los ciudadanos.

Lo que Catalá se encontró al promover este cambio fue la enconada oposición de los registradores, los notarios y los funcionarios de la Administración de Justicia. "Ha habido tensión por parte de varios agentes", aseveró.

Colas en las oficinas

El evento recogió la preocupación de los especialistas jurídicos por las colas de ciudadanos que se generan en el Registro Civil para poder expedir sus certificados. Sobre esto, el ministro aseguró que "no tiene sentido que tengamos a las personas haciendo colas en los Registros para inscribir nacimientos o defunciones".

Catalá aseguró que, en estos momentos, "no descarta ningún modelo". Concluyó que el papel de las tecnologías es muy importante, también, para los Registros. "Hay que seguir incorporando soluciones telemáticas para poder hacer las gestiones sin necesidad de desplazarse", indicó.

Publicada en el BOE la derogación de la privatización del Registro Civil, la lucha continúa

Aparece publicado en el BOE de hoy la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que en su Disposición Derogatoria Única establece que "quedan derogadas las disposiciones adicionales vigésima, vigesimoprimera, vigesimotercera, vigesimocuarta y vigesimoquinta de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia", mediante las cuales se asignaba a partir de mañana la llevanza del Registro Civil a los Registradores Mercantiles. 

La derogación de estas disposiciones, cuyo antecedente son las Disposiciones Adicionales del mismo número aprobadas en el Real Decreto Ley 8/2014, supone un gran victoria para todas aquellas personas y colectivos que hemos trabajado durante este tiempo para evitar que un servicio público esencial y gratuito pasase a manos de operadores privados, sacándolo de la esfera de las Administraciones Públicas con el objetivo a medio plazo de hacer de su llevanza y de los datos personales más íntimos de todos los ciudadanos un negocio. Nadie salvo el PP, Rajoy y ciertos colegas Registradores está de acuerdo con la privatización del Registro Civil. 

Sin ánimo de olvidarnos de nadie, no podemos dejar de destacar desde este blog la lucha y trabajo realizado por políticos como Gaspar Llamazares o Rosa Aguilar; y las aportaciones de todos los partidos políticos y grupos parlamentarios en la oposición, desde el Grupo Parlamentario Izquierda Plural (IU, ICV-EUiA, CHA) a quien siempre estaremos agradecidos por su enconada lucha desde el principio contra la privatización  del Registro Civil y los privilegios de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, hasta el PSOE (que le costó unirse a la lucha y luego fue decisivo), UPyD (con sus certeras críticas y valiosas aportaciones), Entesa pel Progrés de Catalunya, CIU, PNV (gracias, Olabarría), M.ª Olaia Fernández Davila, Joan Baldoví y otros muchos. Gracias a todos los parlamentarios y parlamentarias que se han opuesto con ahínco a la privatización del Registro Civil. 

También hemos de destacar el trabajo realizado por CCOO, pues a diferencia de otras organizaciones sindicales nunca se rindió en su lucha contra la privatización del Registro Civil, y no sólo no se limitó a criticar la misma en hojas internas, sino que llevó a cabo acciones y propuestas valientes, empezando por la Iniciativa Legislativa Popular para la modificación de la Ley 18/2014 que ha conseguido aglutinar a todo los colectivos, funcionarios y funcionarias, organizaciones sindicales, ciudadanos, en un mismo objetivo, que era la recogida de 500.000 firmas para llevar nuestro proyecto al Congreso; siguiendo por sus denuncias ante la Fiscalía General del Estado, derecho de petición ante el Parlamento Europeo, y Defensor del Pueblo, y hasta la multitud de reuniones mantenidas con los Grupos parlamentarios, que se reflejaron en la presentación de enmiendas al Real Decreto Ley 8/2014, Ley 18/2014 y la Ley ahora publicada. 

Fundamental en esta lucha ha sido el gran trabajo aglutinador de todos los funcionarios y funcionarias de los Registros Civiles iniciado por un pequeño grupo de compañeros del Registro Civil de Sevilla, encabezados por Paco León, que ante la incomprensible falta de unidad en la acción sindical de los sindicatos contra la privatización del Registro Civil consiguió sacar a la calle y presentar ante la opinión pública una marea amarilla que nos unió a los funcionarios y funcionarias de los Registros Civiles de toda España en contra de la privatización de los Registros Civiles. 

Y finalmente no queremos olvidar el trabajo realizado en la sombra por Jesús Seoane, ex Presidente del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, que con otros profesionales (algunos Notarios, Registradores y Abogados del Estado cuyo nombre omitimos pero a los que damos las gracias) han realizado numerosas aportaciones y promovido debates e iniciativas para que el Registro Civil permanezca dentro del ámbito de las Administraciones Públicas y no pase a manos de los Registradores Mercantiles y de la Propiedad. Seoane ha sido el contrapunto a la inexplicable posición pasiva del Colegio del que fue Presidente (¿qué les habrán prometido a cambio?). 

Pero la lucha continúa, y por eso este blog seguirá adelante. Nos quedan dos años de trabajo para conseguir que se enmiende la Ley 20/2011, de Registro Civil, para que tal y como hemos defendido desde el principio sea un servicio público, gratuito, cercano a los ciudadanos y servido íntegramente por funcionarios de la Administración de Justicia. No podemos conformarnos con la derogación de la Ley 18/2014 cuando en la misma Ley 19/2015 el PP impone reformas en materia de nacimientos o defunciones sin hablar con los profesionales que llevamos años registrándolos, o en materia de tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia para que el Ministerio pueda encomendar su gestión a quien quiera, incluidos Notarios o Registradores de la Propiedad. 

El PPrivatizador sigue adelante, con su mayoría absoluta, modificando normas en beneficio de unos pocos y en contra de los intereses generales, sin oir ni siquiera debatir las propuestas de los partidos de la oposición. El PPrivatizador sigue pensando que la mejor opción es que los Registradores de la Propiedad y Mercantiles hagan negocio de los Registros Civiles, como ya hacen con los Registros a su cargo. Nos falta por saber qué sucedió realmente en una semana del mes de abril para que el Ministerio de Justicia diera marcha atrás en la privatización del Registro Civil, tras millones de euros gastados en un nuevo programa y borradores de enmiendas a la Ley 20/2011 y proyectos de Reglamento del Registro Civil redactados por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, y el silencio hasta ahora de los Registradores pro privatización nos hace sospechar que estamos ante un impasse para tomar impulso tras las elecciones generales a celebrar a finales de este año, si gana el PP. 

Por todo ello la lucha continúa. Debemos aprender de los errores pasados y hacer piña para conseguir entre todos que el Registro Civil siga siendo un servicio público, gratuito, cercano a los ciudadanos, servido íntegramente por funcionarios públicos, y que las Administraciones, principalmente el Ministerio de Justicia, invierta y dote a los Registros Civiles de los medios personales y materiales adecuados para que este servicio público esencial sea prestado de la mejor manera posible en beneficio de toda la ciudadanía, a quienes nos debemos.   

El Senado aprueba defintivamente la Ley Cora que incluye la derogación de la privatización del Registro Civil

El Pleno del Senado ha aprobado definitivamente la reforma que permitirá la inscripción de los nacimientos directamente desde el hospital sin necesidad de que los padres tengan que desplazarse al Registro Civil, a partir de su entrada en vigor el próximo 15 de octubre. (Adjuntamos enlace al texto que ha sido aprobado y su corrección de errores, que hasta para esto la ley ha sido una chapuza).

Con 149 a favor, todos del PP, 71 en contra y 12 abstenciones, la Cámara ha dado luz verde al proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil sin introducir ningún cambio respecto al texto salido del Congreso, por lo que la normativa se publicará en el BOE sin necesidad de volver a la Cámara baja.

La oposición ha reprochado al PP su forma de legislar y su "ausencia total" por el consenso, al no aceptar ninguna de las más de cien enmiendas ante las "urgencias" del Gobierno, para que la disposición que deroga las leyes vinculadas al traspaso del Registro Civil a los registradores entre en vigor el 15 de julio, si bien los populares han rechazado estos argumentos.

Como principal novedad, el texto establece la tramitación electrónica de los nacimientos y defunciones desde los centros sanitarios, por lo que los padres y familiares ya no tendrán que desplazarse al Registro Civil para realizar ambos trámites.

Para la inscripción de los recién nacidos, los centros sanitarios deberán remitir toda la documentación al Registro Civil en un plazo de 72 horas desde el nacimiento y los facultativos serán los responsables de identificar al bebé y certificar su filiación materna.

Los padres, junto a los facultativos que hayan asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el acreditativo del nacimiento.

Finalmente, el texto no reconoce el derecho de inscripción en el Registro Civil de los hijos de españoles nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero, conocida también como "vientre de alquiler", pese al anuncio que hizo en diciembre el ministro de Justicia, Rafael Catalá, en este sentido.

Por otra parte, la norma deroga todas las leyes vinculadas al traspaso de su gestión a los registradores de propiedad y mercantiles, y amplia hasta junio de 2017 el plazo de entrada en vigor de la ley aprobada en 2011, que obliga a la desjudicialización de los registros.

Se abre así un periodo de negociación de dos años para que el Gobierno y los agentes implicados negocien una reforma que ahora arranca de cero, después de que el Ministerio de Justicia abandonase definitivamente su propuesta que encomendaba la gestión de los registros al cuerpo de registradores.

El PP va restando competencias a los Registros Civiles para atribuirlas a operadores privados o personal ajeno a la Administración de Justicia

Tras lograr con la presión la paralización de la privatización del Registro Civil y de su atribución a los Registradores Mercantiles, la lucha continua. Aun cuando el Ministerio de Justicia haya aceptado la derogación de la Ley 18/2014 y se posponga la entrada en vigor de la Ley de Registro Civil otros dos años, para que un Gobierno establezca de forma definitiva su modelo, PP y Ministerio siguen con su proyecto de ir suprimiendo competencias a los Registros Civiles, a fin de dejarlos como meros “registradores” y suprimir una de las funciones que siempre han tenido los Registros Civiles en España, que es la coadyuvar a la formación de hechos y actos del estado civil a través de los expedientes y otras actuaciones complementarias (matrimonios, nacionalidades, etc.), facilitando su posterior salida de nuestra administración e incluso su privatización. Y así lo está haciendo a través de diversas leyes, algunas ya publicadas en el BOE.

1.- Ley Cora, de modificación de la Ley de Registro Civil (pendiente de aprobación en el Senado)

Después de conseguir paralizar la privatización de los Registros Civiles, se esperaba que el Gobierno aprobase y publicase la derogación de la misma junto con la ampliación de la “vacatio legis” de la Ley 20/2011 hasta julio de 2017 sin más, pero esto parece que no va a ser así ya que en el proyecto de Ley “Cora”, que esperan aprobar esta semana, se van a incluir varios “añadidos”:

Que las inscripciones de nacimiento y defunción se puedan promover desde los hospitales, por personal sanitario o administrativo. 

Nacimientos: en la práctica va a ser casi imposible que los padres no acaben viniendo al Registro civil después de promover la inscripción desde los hospitales, y ello sin contar con las grandes dificultades técnicas que ello supone. Los compañeros y compañeras, y Jueces, indican que sólo los hijos de españoles nacidos dentro de matrimonio se podrían tramitar sin problemas, dejando fuera la gran mayoría de casos (extranjeros, no matrimoniales, in Vitro…). Los datos se mandarán desde los hospitales y los Registros Civiles tienen que comprobarlos, si están bien los usuarios tendrán que ir a recoger sus libros de familia, en caso contrario se tiene que incoar un expediente con el correspondiente retraso en el trámite (actualmente se pide cita o se va directamente al registro civil y con la documentación del hospital se practica la inscripción en unos 15 minutos). ¿A quién beneficia esta medida? A las y los usuarios no, los trabajadores/as de hospitales públicos no quieren hacerlo por falta de garantías y, además, entienden que no son sus funciones, sólo los hospitales privados pueden beneficiarse al cobrar este servicio. 

Defunciones: nos encontramos con los mismos problemas y las funerarias se han opuesto frontalmente a tal medida al suponer un mayor coste de los servicios que facturan a sus usuarios, ya que son ellos los que se ocupan de los trámites ante los Registros Civiles.

Todo esto puede pasar ya que el Gobierno en su prepotencia no ha consultado con quienes llevamos años registrando nacimientos y defunciones.

Adquisición de la nacionalidad española por residencia. 

La fase de instrucción correspondería íntegramente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, los Registro Civiles sólo tienen competencias en la parte final del expediente, para recibir el juramento y la práctica de la inscripción de nacimiento y nacionalidad. Como es evidente que la Dirección General de los Registros y del Notariado carece de los medios y personal necesario para instruir los más de 100.000 expedientes anuales de adquisición de nacionalidad por residencia, delegará su instrucción en otros "operadores", además habrá que pagar 100 € por expediente, contradiciendo todo lo afirmado sobre la gratuidad del Registro Civil. Esta es una maniobra para otorgar su parte del pastel a los Registradores que ya han invertido mucho dinero en la plataforma electrónica. Todos los trámites se harán on line, evitando así la atención a la ciudadanía.

No se puede utilizar la derogación de la privatización del Registro Civil para colarnos medidas supuestamente modernizadoras pero que van a causar más inconvenientes que ventajas, y además reformar por la puerta de atrás los expedientes de nacionalidad atribuyendo la competencia para toda su instrucción al órgano que ha mostrado sobradamente su incapacidad para tramitar la pequeña parte que hoy le corresponde

2.- Ley 25/2015, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Esta Ley consagra la privatización del expediente para acreditar la condición de sefardí originario atribuyendo su tramitación a los Notarios, cuando debería haber correspondido a los Consulados de España en el extranjero, o en su defecto a los Registros Civiles principales. Nadie entiende ni nada justifica que los Notarios realicen la tramitación de estos expedientes con el preceptivo cobro de los aranceles correspondientes, más otros 100 € de tasa. Los perjudicados serán las personas sefardíes que quieran tener la nacionalidad española, básicamente por motivos sentimentales, y se abre el melón de las privatizaciones de trámites de los Registros Civiles.

3.- Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria (BOE 3/7/2015)

Esta ley permite la tramitación de los expedientes de matrimonio civil y la celebración de las bodas a los Notarios (previo pago del arancel correspondiente) y a los Secretarios Judiciales no integrados en los Registros Civiles, y suprime la competencia de los Encargados de los Registros Civiles para celebrar bodas. Su entrada en vigor se pospone hasta el 30.06.2017.

En definitiva, el Gobierno quiere restar competencias públicas a los Registros Civiles para dejarlas en manos privadas (notarios y registradores no son realmente funcionarios públicos ni están integrados en las Administraciones públicas) que harán negocio a costa de la ciudadanía, todo ello sin que suponga ningún beneficio ya que se van que hacer más trámites, en más lugares y en más tiempo. 

CCOO va a seguir luchando para que los Registros Civiles sigan siendo “totalmente” públicos, gratuitos y servicios por funcionarios de la Administración de Justicia.

Publicada la Ley de Jurisdicción Voluntaria, segundo paso para la privatización de procedimientos de Registro Civil

Aparece publicada en el BOE de hoy, 3 de julio, la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria. Ley que introduce modificaciones sustanciales en procedimientos y leyes que nada tienen que ver con la jurisdicción voluntaria con un único afán: abrir la puerta para la privatización de la Administración de Justicia, permitiendo a los notarios actuar en estas materias que, a nuestro juicio, deberían ser competencia exclusiva de la Administración de Justicia, como lo ha sido hasta ahora. El PP, en su furor legislativo de este final de legislatura, busca dejar atado y bien atado normas y procedimientos basados en su fundamento ideológico, contrario a la existencia de servicios públicos de calidad y favorecedores de dos vías, una para ricos y pudientes y otra para el resto de la ciudadanía. 

El Ministerio de Justicia de Rajoy, Gallardón y Catalá se ha convertido en una empresa privatizadora de la Administración de Justicia: como no son capaces de resolver los problemas que la misma tiene lo que hacen es crear mecanismos paralelos para que un derecho se convierta en un bien susceptible de ser adquirido o comprado. Por medio de esta ley, y de otras leyes como la Ley de nacionalidad de los sefardíes, poco a poco se van otorgando funciones a los Notarios y Registradores que siempre han estado en manos de las Administraciones Públicas y que obedecen más al intento de dotar a los Notarios y Registradores de nuevas fuentes de ingresos que de solucionar los problemas de la Administración de Justicia. La respuesta de Rajoy, Gallardón y Catalá a los problemas de la Administración de Justicia es la privatización de sus servicios.

El Ministerio de Justicia ha utilizado esta ley para modificar el Código Civil y la Ley 20/2011 de Registro Civil (jamás una ley había sido tan enmendada antes de entrar en vigor), para permitir a los Notarios tramitar los expedientes de matrimonio civil a partir del 30 de junio de 2017, y celebrar bodas, a partir del 23 de julio de este año ya. Para compensarlo, atribuyen competencia sobre la materia a los Secretarios Judiciales con independencia de los Registros Civiles, es decir, Secretarios Judiciales no destinados en Registros Civiles podrán tramitar expedientes de matrimonio civil y celebrar bodas. De esta forma “el matrimonio en forma civil se celebrará ante el Juez de Paz, Alcalde o Concejal en quien éste delegue, Secretario judicial, Notario, o funcionario diplomático o consular Encargado del Registro Civil”; curiosamente el único que no podrá casar será el propio Encargado del Registro Civil, ni siquiera in articulo mortis.

Como hemos advertido en posts anteriores, el hecho de que los Registros Civiles en la actualidad tengan la competencia exclusiva en la tramitación de los expedientes previos al matrimonio civil ha evitado problemas en la calificación para su inscripción tras su celebración, pues el Registro Civil ya ha emitido un juicio previo sobre la capacidad de los contrayentes y sobre la validez del consentimiento. Ahora puede pasar que, tal y como sucede con los Registros de la Propiedad (qué bien lo tienen montado...) haya problemas de doble calificación, es decir, que un Notario o Secretario Judicial ajeno al Registro Civil consideren que los cónyuges cumplen con los requisitos para poder contraer matrimonio entre sí pero el Encargado del Registro Civil , en trámite de calificación y previamente a su inscripción, dude sobre la validez del consentimiento, entendiéndolo de conveniencia, y paralice la inscripción hasta la práctica de diligencias complementarias para comprobar la inexistencia de vicios del consentimiento, pues supondrían la nulidad del matrimonio. El Ministerio de Justicia ha creado un problema donde no lo había, únicamente para proporcionar a los Notarios una fuente de ingresos. 

Además Secretarios y Notarios podrán expedir certificados de capacidad matrimonial, lo que debería ser competencia exclusiva de los Registros Civiles con independencia de la competencia del expediente previo a su expedición. 

Consecuentemente se introduce una Disposición final quinta bis, con el título de "Aranceles notariales", que dice que "el Gobierno aprobará los aranceles correspondientes a la intervención de los Notarios en la tramitación de las actas matrimoniales previas y por la celebración de matrimonios en forma civil con la autorización de las escrituras públicas correspondientes". ¿Sigue defendiendo el Ministerio de Justicia la gratuidad de todas las actuaciones del Registro Civil, tal y como dice la Ley 19/2014?

El único consuelo de esta reforma es que se retrasa su entrada en vigor hasta dentro de 2 años (respecto de los expedientes de matrimonio, no respecto de las bodas que podrán ya celebrar desde la entrada en vigor de la Ley); esperemos que alguien con sentido común entre en el Ministerio de Justicia y devuelva a los Registros Civiles la competencia exclusiva de la tramitación de los expedientes de matrimonio civil, sin perjuicio de que la ceremonia la puedan celebrar concejales, alcaldes, jueces de paz, secretarios, notarios o quien sea.