CCOO no firmará ningún acuerdo que no garantice oficinas del Registro Civil en cada Partido Judicial y competencias delegadas en los Jugados de Paz, y solicita al Ministerio de Justicia la retirada de su propuesta

El Ministerio de Justicia, tras la reunión mantenida en el día 22 de febrero con los Consejeros de Justicia de la Comunidades Autónomas con transferencias y la publicación de la nota informativa de dicha reunión en su página web, remitió ayer a las organizaciones sindicales el borrador de la reforma de la Ley 20/2011, de Registro civil, que debería permitir llevar a cabo, al menos, todo aquello a lo que el Ministerio de Justicia se comprometió con las organizaciones sindicales el pasado 7 de febrero, y entre otras cosas que la demarcación territorial será la misma que la actual, con 431 oficinas abiertas, y que se mantendrían las oficinas delegadas en los Juzgados de Paz.

Nada más lejos de la realidad: la propuesta del Ministerio sólo modifica el art. 22.1 de la Ley de Registro Civil para suprimir el límite de oficinas máximas (3 por comunidad autónoma, más una en cada isla donde ya hay registro civil)que puede crear el Ministerio de Justicia o las Comunidades autónomas con transferencias. Pero sigue estableciendo con carácter general que cada Comunidad autónoma sólo está obligada a tener una Oficina General de Registro civil, y le posibilita a crear otra más por cada 500.000 habitantes así como cuantas juzgue conveniente por razón de la distribución de la población o características del territorio. Los Juzgados de Paz carecerán de competencia alguna en materia registral, y sólo podrán recibir solicitudes para su remisión a la Oficina correspondiente. 

Según el proyecto, la demarcación territorial actual, incluidas las oficinas delegadas en los Juzgados de Paz, únicamente se mantendrán hasta la completa implantación de las aplicaciones informáticas que permitan el funcionamiento del Registro Civil de forma íntegramente electrónica. Desde ese momento desaparecerán por completo las funciones registrales de los Juzgados de Paz, y se posibilitará al Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con transferencias en justicia que “determine la organización y ámbito territorial de competencia de cada oficina general del Registro Civil” que no fuera, a la fecha de entrada en vigor de la Ley 20/2011, Registro Civil exclusivo. 

En otras palabras, el proyecto del Ministerio deja a la responsabilidad de la Administración competente (Ministerio de Justicia, Comunidades autónomas con transferencias) la determinación de cuántas oficinas de registro civil va a haber en cada territorio, sin que en modo alguno esté garantizado el mantenimiento de las actuales 431 Oficinas principales de Registro Civil. Esto además puede dar lugar a configuración de Oficinas de Registro Civil completamente dispar en todo el Estado (podría haber una sola oficina en una Comunidad Autónoma y 20 en otra). No garantiza en modo alguno la proximidad del Registro Civil a los ciudadanos, pues va a quedar a criterio de Administración la configuración territorial de sus Registros Civiles. 

Además no se reconoce derecho alguno a trabajar en Oficinas Generales de Registros Civil a los funcionarios que hoy trabajan en Juzgados de Primera Instancia o Primera Instancia e Instrucción con funciones de Registro Civil y que en el futuro, tras la implantación de la nueva aplicación informática y la determinación de la organización territorial por cada Administración competente, desaparezca. 

Todo ello supone que el Ministerio de Justicia mintió a las organizaciones sindicales en la reunión mantenida el pasado 7 de febrero en la que nos garantizó que defendería la permanencia de las oficinas actuales y que ha seguido mintiendo en los contactos mantenidos con posterioridad. CCOO no va a firmar ningún acuerdo que posibilite que no haya Oficinas de Registro Civil en cada partido judicial y que deje sin competencia alguna a los Juzgados de Paz, abocando a los ciudadanos que vivan en dichos territorios a un servicio mucho peor que el que se presta en la actualidad.

En el día de hoy CCOO ha enviado una carta al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia que tiene el siguiente contenido:

El proyecto del Ministerio deja al Ministerio de Justicia y Comunidades autónomas con competencias la determinación del número de oficinas generales en cada Comunidad Autónoma

Como complemento del post anterior, podemos afirmar que el proyecto del Ministerio de Justicia del que se dio traslado ayer a las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Justicia deja a criterio del Ministerio de Justicia y de dichas Comunidades el número de Oficinas Generales de Registro Civil que habrá en cada Comunidad (sólo están obligadas a tener una), y que únicamente suprime el máximo de tres oficinas adicionales que por razón de población o territorio establece la vigente Ley 20/2011, para que pueda haber más oficinas. El proyecto suprime desde la implantación de la nueva aplicación informática todas las competencias de los Juzgados de Paz en materia registral, y posibilita a las Administraciones para que a partir de dicho momento reduzcan el número de oficinas generales de registro civil que haya en cada Comunidad autónoma. No está garantizado que se mantengan las actuales 431 oficinas principales de Registro civil, en contra de lo afirmado por el Sr. Ministro de Justicia, sino más bien todo lo contrario, se invita a su reducción pero se deja la responsabilidad a quien tenga competencias en la materia.

Alerta roja: el Ministerio quiere que desaparezca el partido judicial como demarcación de las Oficinas Generales, y que la misma pase a ser la Comunidad Autónoma

En el día de ayer se celebró una esperada Conferencia Sectorial de Justicia con la asistencia del Ministro de Justicia y los consejeros de Justicia de las comunidades autónomas con competencias en la materia, esperada porque se suponía que en la misma el Ministerio iba a avanzar a dichas Comunidades autónomas, entre otros temas y con más detalle que lo hecho anteriormente en las reuniones con las organizaciones sindicales y profesionales, el futuro del Registro Civil dentro de la Administración de Justicia, tras el anuncio realizado por el Ministro Catalá en el mes de diciembre invitando a un consenso en esta materia y su propuesta de que debe seguir dentro de la Administración de Justicia, servido por Letrados de la Administración de Justicia como Encargados del mismo y servidos íntegramente por personal de la Administración de Justicia. 

Expectación motivada, además, porque el Ministerio de Justicia no siempre ha mantenido el mismo discurso en materia de despliegue de oficinas de Registro Civil: mientras que en un primer momento apostó por mantener la misma planta de Registros Civiles que en la actualidad, es decir, una Oficina General por partido judicial con competencias delegadas en los Juzgados de paz (mantenida luego en las reuniones con las organizaciones sindicales), en las reuniones mantenidas con los representantes de los Letrados de la Administración de Justicia el Ministerio de Justicia afirmó que el mantenimiento de dicho despliegue era "transitorio", hasta la implantación del folio único registral, momento a partir del cual se procedería a la revisión de la planta de Oficinas Generales de Registros Civiles. Asunto sobre el cual informamos en este blog (ver enlace).

Pues bien: según resulta de la nota informativa difundida por el propio Ministerio de Justicia tras la reunión con los Consejeros de Justicia de las Comunidades autónomas con competencias en la materia, el Ministerio pretende dar una nueva vuelta de tuerca al despliegue de Oficinas Generales de Registro Civil, y defiende ahora "un modelo organizativo asentado sobre una Oficina Central y unas Oficinas Generales en cada comunidad autónoma". Nada que ver con lo manifestado inicialmente y lo propuesto en la reunión con las organizaciones sindicales. 

Se ve que en el Ministerio de Justicia ha hecho mella que alguna organización profesional de Letrados de Administración de Justicia calificara de "puro maquillaje" la propuesta inicial del Ministerio de Justicia en materia de despliegue de Oficinas Generales de Registro Civil "por dejar intacta la adscripción de todo el sistema a juzgados e incluso a juzgados de paz.. manteniendo una estructura judicial y organización anticuada, ineficaz, fracasada y en crisis constante, desnaturaliza por completo las previsiones y el objeto de la Ley 20/2011, aprobada en su día por unanimidad en las Cortes Generales, y deja pendiente la implantación de un Registro Civil moderno, telemático, de calidad, y plenamente desjudicializado que responda a las necesidades de la sociedad actual." Bonitas palabras para no decir absolutamente nada cierto ni relevante. 

El propósito de estas organizaciones profesionales de Letrados de la Administración de Justicia es, única y exclusivamente, que los Letrados que sean Encargados de las Oficinas Generales de Registro Civil queden liberados de cualquier otro cometido procesal, civil o penal, es decir, que se dediquen en exclusividad al Registro Civil. Y como ello no es posible con Oficinas de Registro Civil pequeñas, encuadradas en partidos judiciales de población no inferior a 500.000 habitantes (siguiendo los parámetros establecidos en el art. 27 de la Ley de Demarcación y Planta Judicial), su solución pasa por hacer agrupar los Registros Civiles en una Oficina Provincial o incluso de tamaño superior, aunque ello pueda suponer una pérdida irreparable del servicio público para los millones de ciudadanos que no viven en capitales de provincia. 

Si la estructura actual de Registros Civiles fuese "anticuada, ineficaz, fracasada y en crisis constante", no habría la satisfacción que día tras día nos manifiestan los usuarios de los Registros Civiles que pueden realizar sus trámites en las Oficinas principales y delegadas no ubicadas en capitales de provincia, en cuyas Oficinas, normalmente por carencia de medios pero también en algunos casos por deficiente gestión de sus responsables (y no vamos a hablar de cuánto trabajan algunos de ellos) la atención al público suele presentar carencias. Porque el Registro Civil es, ante todo, un servicio público, dirigido a los ciudadanos, y su gestión debe ir encaminada a prestar el mejor servicio público a todos los ciudadanos, con independencia de donde vivan, promoviendo la igualdad de todos los ciudadanos cualquiera que sea su residencia.  

La demarcación registral establecida en la Ley 20/2011 es un error, y que fuese aprobada por consenso no salva el error. Si además se reduce a "unas Oficinas Generales por cada Comunidad Autónoma", tal y como resulta de la nota de prensa del Ministerio de Justicia tras la reunión de ayer, el error es mayúsculo. La demarcación registral de la Ley 20/2011 no fue pensada en dar la mejor atención a los ciudadanos, sino en dotar de exclusividad en su función a los Encargados de los Registros Civiles. Con todos los respectos, en esta materia los legisladores de 2011 no tuvieron en cuenta a todos los ciudadanos y a sus derechos en el centro de la acción pública, tal y como proclama el preámbulo de dicha Ley, y la previsión establecida en la Disposición adicional quinta de dicha Ley para permitir la presentación de solicitud y documentación ante los Juzgados de Paz no salva el perjuicio tremendo que supondría para los ciudadanos que no vivan en capitales de provincia la supresión de las Oficinas Generales de Registro Civil de las sedes de partidos judiciales que no sean capitales de provincia.  El Registro Civil moderno, telemático, de calidad, y plenamente desjudicializado que responda a las necesidades de la sociedad actual, que queremos todo, no tiene nada que ver con la concentración de oficinas registrales en capitales de provincia, es una cosa completamente distinta. 

Aragón, Extremadura, Andalucía, Castilla La Mancha, Castilla Leon, Asturias, Galicia, Cataluña, etc, son Comunidades Autónomas que no pueden tener Oficinas Generales de Registro Civil únicamente en su capital, o en las capitales de sus provincias, pues se obliga a largos o complejos desplazamientos a muchísimos de sus ciudadanos para hacer cualquier trámite registral que exija su presencia (expedientes de matrimonios civiles, juras de nacionalidad, cambios de nombres, reconocimientos de filiación, etc, por no hablar de una fe de vida u obtención de certificados).  Es el ciudadano el que debe ser el centro de atención del Registro Civil, y no los intereses corporativistas de algunos, que una vez que se confirme que los Letrados de la Administración de Justicia serán los responsables de las Oficinas Generales de Registro Civil, quieren un destino dorado, con personal a su servicio que les saque las castañas del fuego sin tener que dedicarse a otros cometidos profesionales.  

El artículo 103 de la Constitución Española establece, entre los principios conforme deben actuar la Administración Pública, los de eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación. Difícilmente la concentración de oficinas de Registro Civil que establece la Ley 20/2011, y que con desacierto parece agravar la nota informativa del Ministerio, responde a dichos principios. 

Desde este blog hacemos un llamamiento al Ministro Catalá para que afronte una solución definitiva para el futuro del Registro Civil, buscando el mayor consenso entre todos los operadores jurídicos, y siempre teniendo por horizonte el mejor servicio público a los ciudadanos y no los intereses corporativistas de algunos. Ya es hora de que en España los Gobiernos de todos los colores sitúen de verdad a los ciudadanos como centro de su atención en la prestación de los servicios públicos.

Y también hacemos un llamamiento a las organizaciones sindicales, para que defiendan en la mesa sectorial que la reforma de la Ley 20/2011 debe establecer de forma inequívoca que habrá una Oficina General de Registro Civil en cada partido judicial, y que los Juzgados de Paz tendrán funciones delegadas. No puede ser, como hemos dicho muchas veces, que en aras de un Registro Civil moderno, telemático, de calidad, que responda a las necesidades de la sociedad actual, se haga una reforma que implique dar un peor servicio que el que se da en la actualidad. Sería imperdonable.

CCOO se reúne con el Director General de la Administración de Justicia para reiterarle sus propuestas sobre Registro Civil


CCOO informa que siguen trabajando para que el Registro Civil sea un servicio totalmente público, universal, gratuito, cercano al ciudadano y atendido exclusivamente por personal al servicio de la Administración de Justicia con todos sus derechos laborales, profesionales y retributivos.

CCOO ha remitido al Gobierno, a los grupos parlamentarios del Congreso y a las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos con competencias transferidas su propuesta y sigue manteniendo reuniones con todos ellos para hacer valer las mismas.

Ya el Ministerio de Justicia, en la reunión de la mesa sectorial de negociación del 7 de febrero aceptó parte de las propuestas de CCOO y anunció verbalmente las modificaciones de la Ley 20/2011 del Registro Civil que pretendía remitir al Congreso de los Diputados, como son:


Texto de la Ley 20/2011
Modificaciones propuestas por el Ministerio
En cada Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía se ubicará al menos una Oficina General del Registro Civil. El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en la materia podrán crear en sus respectivos ámbitos territoriales, además, una Oficina General del Registro Civil por cada 500.000 habitantes.
Quitar el tope del número de oficinas del registro civil.
El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en la materia fijarán, en sus respectivos ámbitos territoriales, el emplazamiento de las Oficinas Generales del Registro Civil y determinarán, mediante las Relaciones de Puestos de Trabajo, las dotaciones de personal necesario.
Que los puestos de trabajo sean solo ocupados por personal de la Administración de Justicia.
En la forma y con los requisitos que reglamentariamente se determinen, las plazas de Encargados del Registro Civil se proveerán entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1 que tengan la Licenciatura en Derecho o la titulación universitaria que la sustituya y entre secretarios judiciales.
Los Encargados de los Registros Civiles serán solo los Letrados de la Administración de Justicia.
Los funcionarios que no obtengan destino en las Oficinas Generales del Registro Civil, mediante un proceso de reordenación de efectivos serán destinados a las vacantes de los órganos judiciales o en su caso fiscales, dentro de la misma localidad. En el caso de no haber suficientes plazas vacantes se procederá a la modificación de las plantillas o en su caso de las Relaciones de Puestos de Trabajo.
El personal funcionario permanecerá en sus actuales puestos de trabajo en todos los casos.


Informa CCOO no dará por finalizada la lucha hasta que en la propuesta por escrito del Ministerio de Justicia no se garantice, al menos, el mantenimiento de las actuales oficinas en todos los partidos judiciales y juzgados de paz y no se recupere para el servicio público las funciones del Registro Civil que han sido privatizadas en favor de Notarios, Registradores y otros colectivos.

Representantes de CCOO se han reunido nuevamente con el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, al que han vuelto a exigirle nuevas modificaciones legislativas para garantizar:

o Que se mantendrán oficinas principales de registro civil en cada partido judicial y oficinas delegadas en cada Juzgado de Paz.

o Que los expedientes de nacionalidad se puedan presentar y digitalizar en los Registros Civiles.

o Que los expedientes de nacionalidad se instruyan en los Registros Civiles.

o Que la competencia para la tramitación de los expedientes previos de matrimonio sea exclusiva del Registro Civil.

En Marea pide recuperar la gestión pública de los registros civiles y de los expedientes de nacionalidad

El portavoz parlamentario de En Marea, Luís Villares, ha considerado necesario recuperar la gestión pública de los registros civiles así como de los expedientes de nacionalidad tras reunirse con representantes de la Plataforma por la defensa de un registro civil público.

En declaraciones a los medios tras el encuentro, el exmagistrado lucense, además de defender un registro civil público "gestionado 100% por funcionarios públicos", ha asegurado que los juzgados de paz deben prestar también "un servicio de cercanías a la ciudadanía gallega". Para ello, se ha mostrado partidario de derogar la normativa aprobada por exministro de Justicia Alberto Ruíz Gallardón, al argumentar que varios de sus desarrollos normativos "tenían como finalidad la privatización del registro". Al respecto, ha criticado que permitiese la "utilización de unos datos y un patrimonio que era público para beneficio de registradores y de notarios". "Es inaceptable y va en contra de las directrices y tendencias en el ámbito de la Unión Europea", ha manifestado.

Asimismo, en relación a los expedientes de nacionalidad, ha urgido recuperar "su gestión para lo público" ya que, según ha indicado, "se trata de un sector muy sensible en el que están comprometidos derechos de carácter fundamental", como el "derecho a la nacionalidad para quien cumple los requisitos". "No podemos deferirlo ni a la situación de capacidad económica ni a una situación de tramitación diferida en el tiempo, porque puede afectar a los derechos", ha manifestado. Por último, en relación a los juzgados de paz, ha asegurado que "deben continuar prestando el servicio público" que ofrecen hasta el momento "mejorando su formación" para "poder realizar funciones de conciliación de mediación" entre los vecinos. Además, ha recordado que prestan un servicio de "ciudadanía" a una población que "en muchos casos es dispersa y avejentada" por lo que ha recordado que "su función es esencial" para que los vecinos puedan realizar trámites sin tener que desplazarse de sus municipios.

20minutos, 09.02.2017

Luces y sombras en la propuesta del Ministerio sobre el futuro del Registro Civil

Sin duda alguna, la propuesta sobre el Registro Civil hecha ayer por los responsables del Ministerio de Justicia ante las organizaciones sindicales responde al núcleo de las reivindicaciones hechas desde este blog, que son que el Registro Civil sea público, gratuito, integrado en las Administración de Justicia, con los Letrados como Encargados del Registro Civil y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia. Sin duda un logro que está en el haber de todos los que han luchado sin descanso desde 2010 para que fuera así, y que no desfallecieron incluso durante los aciagos comienzos del año 2015 en que todo parecía perdido, alguna organización sindical abandonó la lucha y ésta se mantuvo principalmente gracias al empuje de compañeros y compañeras de Registros Civiles de toda España, cuyo punto culminante fue la manifestación celebrada el 11 de abril de 2015 en Madrid.

Pero no es oro todo lo que reluce, y frente las buenas noticias ya conocidas existen ciertas cuestiones que deben ser tratadas y solucionadas. Según informan las organizaciones sindicales (enlaces a la información ofrecida por CCOO, CSIF, UGT y STAJ) el Ministerio de Justicia pretende implementar su proyecto de Registro Civil en dos fases: 

. una primera, que se realizaría a ser posible antes de julio de este año (momento de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de Registro Civil), para el cual se harían unas mínimas modificaciones en la Ley 20/2011, preferentemente consensuadas con organizaciones sindicales, asociaciones profesionales y partidos políticos, que permitan la entrada en vigor de dicha Ley salvo lo relativo al registro individual de cada persona (dado que para ello es preciso un programa informático que sustituya a Inforeg), lo que a su vez conllevará que tampoco entren en vigor las reglas de competencia (o mejor la desaparición de las reglas de competencia) para la práctica de asientos. Es esta primera fase todo se mantendría como hasta la fecha, si bien los Encargados de los Registros Civiles pasarían a ser ya los Letrados de la Administración de Justicia, con Oficinas de Registro Civil en cada partido judicial y Juzgados de Paz como Oficinas delegadas. 

- y una segunda fase, una vez que se implantase el programa que permita el nuevo registro personal. 

Es esta segunda fase donde aparecen las primeras sombras. Aunque nada se dijo en la reunión con las organizaciones sindicales, en la reunión que mantuvieron el mismo día 7 de febrero los representantes de las organizaciones de Letrados de la Administración de Justicia (según informan CNLAJ y SISEJ) el Ministerio les afirmó que en la primera fase "se mantendrá el despliegue territorial de los Registros de manera transitoria como está ahora, hasta que se desarrollen los estudios oportunos que lleven a hacer otra distribución territorial más conforme a la prevista en la Ley del 2011, y la herramienta informática (INFOREG) lo permita." Sisej critica en su página web que el Registro Civil se mantenga incardinado en los Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Paz, habiendo emitido una nota informativa al efecto.

El Ministerio asume gran parte de las propuestas y defenderá en las Cortes un Registro Civil público, gratuito, atendido sólo por personal de la Administración de Justicia, con Letrados como Encargados y con las mismas oficinas que en la actualidad.

Según informa CCOO, en la reunión de la Mesa Sectorial celebrada ayer el Ministerio de Justicia hizo cuyas una gran parte de las propuestas del documento presentado por CCOO la semana pasada. Los responsables del Ministerio de Justicia informaron de forma verbal sobre los ejes de la reforma de la Ley 20/2011, se comprometieron a presentar por escrito su propuesta en la siguiente reunión, así como a estudiar el resto de las propuestas del citado documento. 

El nuevo Registro Civil que propone el Gobierno, se pondrá en marcha el 1 de julio de 2017 en base a los siguientes ejes:

1. Carácter totalmente público del Registro Civil abandonándose cualquier opción de privatización. 

2. Registro Civil totalmente gratuito. 

3. Será un registro civil único para todo el Estado. 

4. Estará integrado en la Administración de Justicia, sin ningún menoscabo de los derechos profesionales del personal funcionario. Se introducirá en una disposición adicional que contenga que “los puestos de trabajo del Registro Central y de las Oficinas Generales solo podrán ser cubiertos por personal de la Administración de Justicia”. Y cada oficina será centro de destino conforme al artículo 521 de la LOPJ. 

5. Desjudicializado, sin ninguna intervención de Jueces y Magistrados. 

6. Los/as Encargados/as del Registro Civil pertenecerán al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y continuarán en servicio activo. 

7. Se dará una salida profesional adecuada (pendiente de determinar) de los actuales jueces encargados del Registro Civil Central y de los Registros Civiles Exclusivos. 

8. La demarcación territorial será la misma que la actual, con 431 oficinas abiertas, por lo que no se alterará el lugar de trabajo del personal funcionario afectado. 

9. Se mantienen las oficinas delegadas en los Juzgados de Paz. 

10. El nuevo folio único personal se implantará mediante una nueva aplicación tecnológica abandonándose Inforeg. 

11. Hasta que esté operativa la nueva aplicación informática se seguirá aplicando la legislación actual. 

12. Los y las Letradas de la AJU, Encargados/as de los Registros Civiles dependerán funcionalmente de la Dirección General de los Registros y el Notariado. 

Deberán abordarse las modificaciones de la Ley 20/2011 para garantizar estos 12 ejes fundamentales, para establecer la reserva de función solo para los cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, para ordenar la actividad profesional a través de una RPT, para determinar las funciones de las oficinas principales y delegadas y de su personal, para establecer el régimen de sustituciones de Encargados y Encargadas, etc. El Ministerio de Justicia pretende que la modificación de la Ley 20/2011 sea la mínima posible, a fin de posibilitar el máximo consenso posible en dicha modificación y su entrada en vigor en julio de este año.

En la reunión CCOO ha reiterado las propuestas contenidas en su documento que han quedado pendientes de ser contestadas por el Ministerio de Justicia en reuniones posteriores, entre las que cabe resaltar: 

- La recuperación para el Registro Civil de los expedientes de nacionalidad y de matrimonio actualmente encomendados a Registros de la Propiedad y Notarías. 

- El restablecimiento de los principios de competencia territorial.

- El establecimiento como centro de destino para el personal funcionario de las Embajadas y Consulados con funciones registrales.

- El incremento de las plantillas donde la carga de trabajo así lo justifique. 

- La implantación del nuevo sistema informático de forma pausada, con experiencias piloto, con participación de los usuarios y las usuarias y con formación exhaustiva para su utilización. 

- La asignación de funciones concretas y propias para el Cuerpo de Gestión, debidamente retribuidas y la sustitución desde este cuerpo a los/as Letrados/as Encargados/as con el 100% de sus retribuciones y derechos del cuerpo que se sustituye.  

- La asignación de puestos singularizados en la RPT a los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial. 

CCOO, 08.02.2017

Catalá defiende ante los letrados de la Administración de Justicia un Registro Civil público, gratuito y digital, y apuesta porque el letrado asuma la dirección del registro en sustitución del juez

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, se ha reunido esta mañana con las asociaciones de letrados de la Administración de Justicia CNLAJ, UPSJ, SISEJ y AINSEJU ante quienes se ha comprometido a poner en marcha la desjudicialización del Registro Civil para impulsar un modelo de servicio público, gratuito, electrónico y cercano al ciudadano. El ministro ha apostado porque sean los letrados de la Administración de Justicia quienes se encarguen de su dirección para lo que será necesario reformar la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil y analizar las cargas de trabajo de cada registro para lograr una organización más eficiente.

La negociación sobre el Registro Civil, pospueta hasta la celebración de Mesa Sectorial

La reunión que celebraron ayer Ministerio de Justicia y organizaciones sindicales más representativas no sirvió para que el Ministro de Justicia presentase su propuesta sobre Registro Civil, y ello pese a que figuraba como primer punto del orden del día.

Según informa CCOO la falta de concreción de las propuestas del ministerio volvió a ser la tónica general, exigiendo las organizaciones sindicales la garantía para el personal de la administración de justicia de que las reformas organizativas no afectarán en ningún caso a las retribuciones actuales en cada puesto de trabajo, que en ningún caso hubiera disminución de empleo público y que no se permitirá que haya ningún supuesto de movilidad geográfica forzosa.

Por boca de la Secretaria de Estado, el Ministerio de Justicia informó en materia de Registro Civil que su acuerdo final tiene que extenderse también a las CCAA con competencias transferidas. El Ministro de Justicia descató, según nota de prensa colgada en su página web, dos de las reformas estructurales que deberán acometerse en el marco de la Estrategia Nacional de Justicia. Por un lado, la reforma del proceso penal y, con ella, la creación de una Oficina Fiscal que desde un modelo de organización más racional y eficiente posibilite la agilización de la gestión procesal. Por otro, la reforma del Registro Civil, que se llevará a la mesa sectorial con el compromiso de proteger los derechos laborales de sus profesionales. El ministro ha defendido la actual organización del Registro Civil, público, gratuito y electrónico, y que esté llevado por funcionarios de la Administración de Justicia.

CCOO presentó en la reunión la propuesta a que hacemos referencia en el post anterior, que garantiza su mantenimiento en la Administración de Justicia, con todas las oficinas actuales y todos los puestos de trabajo. La próxima semana comenzarán las negociaciones sobre Registro Civil en el marco de la mesa sectorial.

CCOO presenta al Ministerio de Justicia su propuesta de Registro Civil público, gratuito, cercano a los ciudadanos y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia

CCOO propone la reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, para que pueda entrar en vigor dentro del plazo previsto, basado en los siguientes ejes, que se desarrollan de forma pormenorizada y detallada en la propuesta remitida al Ministro.
 
CCOO reclama al ministro de Justicia un acuerdo urgente para la reforma de la Ley 20/2011 del Registro Civil que garantice además todos los puestos de trabajo existentes en la actualidad
 
CCOO ha presentado en el día de hoy al Ministerio de Justicia su propuesta de reforma de la Ley 20/2011 de Registro Civil, para que éste siga siendo un servicio público integrado dentro de la Administración de Justicia, cercano, gratuito, accesible electrónicamente por las demás Administraciones y funcionarios públicos, y servido íntegramente por personal de la Administración de Justicia, y que debería entrar en vigor el 30 de junio de 2017, finalizando con ello la interinidad provocada desde la aprobación de dicha Ley.

Tras casi año y medio de interinidad, el Ministro Catalá anunció ante el Congreso de los Diputados el pasado 5 de diciembre la propuesta del Ministerio de Justicia, que es que la llevanza del Registro Civil sea 100 % pública, confiando que su atribución a los Letrados de la Administración de Justicia , con la idea además de crear las Oficinas Generales de Registro Civil singularizadas, dentro de los juzgados que atienden esta función, con plantillas de funcionarios de la Administración de Justicia; y que su gestión sea 100 % pública, con un sistema electrónico de gestión del Registro Civil de titularidad estatal, que permita la transición de las cuatro secciones actuales al folio personal.

Partiendo de dicha declaración, y en coherencia con las propuestas defendidas estos últimos 5 años, CCOO propone la reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, para que pueda entrar en vigor dentro del plazo previsto, basado en los siguientes ejes:

1.- Registro Civil integrado en la Administración de Justicia. Mantenimiento de todos los puestos de trabajo existentes en la actualidad. 

 
2.- Registro civil servido por personal de la Administración de Justicia: 
  • Con Letrados como Encargados de los mismos 
  • Con Gestores con asunción de funciones en materia de calificación y sustitución de los Encargados 
  • Con la posibilidad de que Tramitadores y Auxilios puedan ostentar jefaturas de servicio en Oficinas de gran tamaño.
  • Apertura de los puestos de trabajo de los Registros Civiles Consulares al personal de la Administración de Justicia. 
3.Mantenimiento de la actual estructura de Oficinas de Registro Civil en cada partido judicial: 
  • Establecimiento de oficinas singularizadas de Registro Civil en cada partido judicial, excepto en partidos judiciales con un único Juzgado y Juzgados de Paz, en las que sus funcionarios compartirían la función registral con otras funciones procesales.
  • Potenciación de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz y Juzgados de Paz servidos por personal de la Administración de Justicia como Oficinas Delegadas de Registro Civil.
  • Restablecimiento de los principios de competencia territorial, excepto para la expedición de certificados de inscripciones informatizas o digitalizadas que podrían ser expedidos por cualquier Registro Civil. 
4.- Registro Civil electrónico, accesible por todas las Administraciones y funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.
  • Implantación del folio único para cada persona. Incorporación al proceso de digitalización de todas las inscripciones de nacimiento practicadas desde 1935, así como los pueblos que restan.
  • Desarrollo de sistemas y aplicaciones informáticas comunes a todos los Registros Civiles para la tramitación de todo tipo de procedimiento registral.
  • Incorporación de todos los Registros Civiles Consulares a la base de datos de Registro Civil. Digitalización completa del Registro Civil Central.
  • Establecimiento de plataforma común de intercambio de información y comunicación entre registros. Incorporación de las Oficinas del Registro Civil a las previsiones de la Ley 18/2011, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la administración de Justicia. 
  • Acceso electrónico y gratuito al Registro Civil por parte de Administraciones Públicas y funcionarios públicos. 
5.- Exclusividad del Registro Civil en la tramitación de procedimientos relativos al estado civil.
  • Atribución a los Registros Civiles de la instrucción de los expedientes de nacionalidad, hoy atribuida a la DGRN.
  • Atribución de los expedientes previos al matrimonio civil a los Registros Civiles en exclusiva. 
  • Atribución a los Encargados de Registro Civil la resolución de los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos al reconocimiento de filiación efectuados por menores de edad. 
CCOO considera que esta propuesta garantiza el mantenimiento del Registro Civil como servicio público, gratuito y cercano a los ciudadanos; que pone en valor el trabajo que se desarrolla en los mismos por los funcionarios de la Administración de Justicia; que supone la modernización del Registro Civil, y que garantiza la continuidad del servicio prestado y su accesibilidad a todos los ciudadanos.