El Gobierno otorga por error la nacionalidad a decenas de delincuentes con detenciones o sentencias firmes

Jesús E. G., dominicano, consiguió la nacionalidad española por residencia el 18 de noviembre de 2013. El Ministerio de Justicia consideró que cumplía los tres requisitos que se le piden a cualquier solicitante: un tiempo determinado de residencia legal en España, integración y buena conducta cívica. Ya era un español más.

Sin embargo, a Justicia se le escapó algo. Jesús había sido condenado el 19 de febrero de ese año, es decir, ocho meses antes, por un juzgado de lo penal de Madrid por un delito de tráfico de drogas. Nadie comprobó si Marcial tenía antecedentes penales o policiales antes de hacerle español. De haberlo hecho, Justicia habría visto otra detención, en febrero de 2010, también por tráfico de drogas, y otra de 2009, por asociación ilícita y abuso sexual.

... La Constitución garantiza que “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”. ¿Y si no lo es de origen? Se puede, y está sucediendo cada vez más. En apenas cinco años se han multiplicado por 10 los casos de revocación de la nacionalidad española. Han pasado de ser anecdóticos a llegar por decenas hasta la Audiencia Nacional, que solo en solo en 2016 ha dictado una treintena de sentencias, a las que ha tenido acceso EL PAÍS.

Una de ellas declaró en noviembre pasado que el corto periodo de Jesús como español de pleno derecho había terminado. Los magistrados apuntan en el fallo a los errores cometidos durante el procedimiento: “Al valorar el requisito de buena conducta cívica, se debieron considerar no solo las circunstancias existentes al presentarse la solicitud, sino también las que se hubieran podido producir a lo largo de la tramitación del expediente gubernativo”.

En 2010 solo llegaron cuatro de estos casos a la mesa del Consejo de Ministros. En 2014 ya eran 65. “El aumento del número de lesividades ha coincidido con el incremento de la resolución de expedientes de nacionalidad por residencia en el marco del Plan Intensivo de Tramitación de Expedientes de Nacionalidad, desde septiembre de 2012”, explica en respuesta escrita el Ministerio de Justicia. “Al incrementarse el número de resoluciones lo ha hecho también el de lesividades, en los años posteriores a la resolución de los expedientes”, añade.

... ¿Cómo es posible que Justicia conceda nacionalidades sin consultar los registros de penados y sentencias que gestiona el propio ministerio? “Por absoluta falta de control durante el proceso de tramitación de la nacionalidad”, asegura Marcelo Belgrano, coordinador de Extranjería del Colegio de Abogados de Madrid. Si un solicitante de nacionalidad ha cometido delitos, o incluso ha sido condenado, "se debería haber sabido, sobre todo porque es el mismo ministerio el que regula el registro", añade.

Belgrano cree que la externalización de la tramitación a los registradores de la propiedad, dentro del plan de choque que el Gobierno puso en marcha en 2012 ante el alud de tramitaciones sin resolver, también puede haber provocado alguno de estos errores. “Al no estar familiarizados con todo el proceso de adquisición de nacionalidad, se han constatado bastantes errores en la resolución de muchos expedientes”, señala.

Justicia reconoce que la dirección general que concede las nacionalidades no accede a los registros.“Se solicitan los informes preceptivos para evaluar el requisito de buena conducta cívica y en función de ellos se toma una decisión”, afirma un portavoz. Ahora hay “un mayor control de los expedientes de nacionalidad, y especialmente de personas que están cumpliendo condena en centros penitenciarios”, apunta Belgrano. Muchos procedimientos se inician tras recibir informes policiales...

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