Se difunde por error un proyecto de Ley de reforma de la Ley 20/2011, elaborado por el Ministerio de Justicia, claramente insuficiente

Esta semana corrió como la pólvora un proyecto de Ley de reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, elaborado por el Ministerio de Justicia pero que va a ser presentado en el Congreso no como proyecto de Ley aprobado por el Gobierno, sino por el Grupo Parlamentario Popular como Proposición de Ley. Como al parecer se difundió dicho proyecto por error, vamos a ser respetuosos y no lo vamos a colgar aquí, sin perjuicio de que hagamos una referencia  breve a su contenido, para información general y posible corrección por parte de quien lo haya elaborado. 

El proyecto garantiza la existencia de oficinas de Registro Civil en todas las sedes actuales, incluidas los Juzgados de Paz. Sin embargo, con a nuestro juicio deficiente técnica legislativa, ello no lo hace en el cuerpo de la Ley, sin en una disposición adicional. Además mete en el mismo paquete, bajo la denominación de "Oficinas de Registro Civil" a los hoy Registros principales y delegados, haciendo referencia a que los Jueces de Paz pueden actuar por delegación, pero no delimita qué funciones podrán tener las oficinas delegadas de Registro Civil, lo que a nuestro juicio debe ser objeto de la Ley y no dejarlo a su desarrollo reglamentario. 

El proyecto establece en sus Disposiciones Adicionales que los Encargados de los Registros Civiles serán los Letrados de la Administración de Justicia, proveyéndose sus plazas por la vía ordinaria establecida en la LOPJ. Entendemos que quien debe ser el Encargado de Registro Civil debe estar también en el Cuerpo de la Ley, y no en una Disposición Adicional. Se otorga al personal de la Administración de Justicia la exclusividad de los puestos de trabajo de las Oficinas de Registro Civil, y se resuelve de forma adecuada, a nuestro juicio, su acoplamiento desde la actual estructura. 

El proyecto insiste en la desaparición de las normas de competencia territorial en lo relativo a la calificación y en su caso práctica de las inscripciones, lo que a nuestro juicio es erróneo pues impide la adecuada planificación de medios personales y materiales de cada oficina, puede colapsar las oficinas que mejor funcionen, y y fomenta el forum shopping (acudo a la Oficina de Registro Civil en que mis pretensiones tienen más probabilidades de ser estimadas; ejemplo de hace unos años, el Registro Civil de Córdoba respecto de las declaraciones con valor de simple presunción de saharauis). Sin embargo mantiene la competencia exclusiva del Registro Civil Central para la práctica de inscripciones basadas en certificados extranjeros, lo que volverá a colapsar dicho Registro con las inscripciones de nacimiento derivadas de adquisiciones de nacionalidad española por residencia, como ocurrió hasta el año 2005. 

El proyecto mantiene la posibilidad de que los expedientes de matrimonio civil sean tramitados por los notarios, no otorgando al Registro Civil la exclusividad de estos procedimientos, que a nuestro juicio es esencial. No se hace mención alguna a la problemática derivada de la tramitación de las solicitudes de nacionalidad. Aunque ello pueda tratarse en otras leyes o disposiciones, debería buscarse una solución a la problemática existente en el marco de la negociación de esta reforma, aun cuando para el Ministerio de Justicia no haya nada que cambiar.

Sigue otorgando funciones en exclusividad al Encargado, como la de certificar, sin regular atribución alguna al personal del Registro Civil. No se modifican normas de la ley de jurisdicción voluntaria, que caen fuera del ámbito registral. Asuntos como la aprobación de un reconocimiento de filiación no matrimonial efectuado por un menor de edad pasarán a los Juzgados de Primera Instancia, dilatando el proceso de la inscripción. No se establece la posibilidad de que los actuales Encargados de Registro Civil puedan seguir trabajando en los mismos, perdiendo con ello un potencial enorme de conocimientos y experiencia. 

Por tanto, luces pero demasiadas sombras en cuestiones muy importantes en un proyecto a nuestro juicio insuficiente. La Proposición de Ley presentada por Podemos nos parece más completa.

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