Vergonzosa nueva encomienda de gestión de los expedientes de nacionalidad, por 2 millones de euros, a favor del Colegio de Registradores, que comprende los expedientes recibidos en la DGRN entre el 1.1.2015 y 30.06.2015, tras meses de parálisis injustificada del Ministerio de Justicia

Casualmente en Semana Santa, en fechas que parecen buscadas para dar la menor publicidad posible, aparece publicado en el BOE de 15 de abril el Cuarto Acuerdo de Encomienda de Gestión del Ministerio de Justicia al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia, suscrito con fecha 3 de agosto de 2016 y cuya publicación se acordó con fecha 14 de marzo.

De esta forma se da publicidad a algo que todo el sector jurídico ya conocía, y es que ante la incapacidad del Ministerio de Justicia, por su negativa a dotarse con los medios adecuados para resolver los miles de expedientes de nacionalidad remitidos desde finales de 2014, dicho Ministerio iba a suscribir una nueva encomienda de gestión de dichos expedientes con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, cuyos cometidos nada tienen que ver con las nacionalidades. De esta forma privatiza una vez más la fase de instrucción que le corresponde al Ministerio de Justicia conforme el vigente Reglamento del Registro Civil, a cambio de una sustancial cifra de dinero, 2 millones de euros, que saldrán del erario público, para la tramitación de los expedientes de nacionalidad remitidos a la DGRN en los 6 primeros meses de 2015. Del resto de expedientes no tenemos noticia. Puestos a suscribir una nueva encomienda, y dada la inoperancia del Ministerio de Justicia, lo lógico es que se hubiera ampliado a todos los expedientes presentados hasta el 15.10.2015, pues a partir de dicha fecha la instrucción de los expedientes se rige por lo dispuesto en el RD 1004/2015 para la que, supuestamente, el Ministerio de Justicia está adaptando una aplicación utilizada en extranjería para la nueva instrucción de los expedientes. 

En resumen: siendo el Ministerio de Justicia conocedor desde hace años de la situación en que se encuentran los expedientes de adquisición de nacionalidad por residencia, “los órganos del Ministerio de Justicia competentes para la tramitación y resolución de dichas peticiones se plantearon la conveniencia de adoptar medidas de carácter excepcional que permitieran cumplir con las obligaciones impuestas por la legislación aplicable”, entre las que se encontraron encomendar la gestión de la fase de tramitación que corresponde al Ministerio de Justicia. Transcurridos casi 5 años de la firma de la primera encomienda de gestión, seguimos en la misma situación de excepcionalidad provocada por “la escasez de medios técnicos y humanos con los que cuenta el Ministerio”, según texto de la propia encomienda, para la realización de las competencias que tiene legalmente asignadas en materia de instrucción de expedientes de nacionalidad por residencia previos al 15.10.2015, fecha en que entró en vigor la nueva tramitación de los expedientes de nacionalidad, y por ello decide suscribir una encomienda de gestión por 2 millones de euros, a cargo de todos los ciudadanos y ciudadanas, con una corporación de derecho público que hace de sus ingresos un beneficio privado, como es el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, en vez de acabar con “la escasez de medios técnicos y humanos con los que cuenta el Ministerio”, que es lo que el Ministerio tenía que haber hecho. Todo esto después de que cargos del Ministerio de Justicia y determinados políticos hayan puesto a parir a los Registros Civiles de España en esta materia, para justificar con ello la privatización del Registro Civil, afortunadamente fallida hasta la fecha. Y lo peor de todo es que desde el 15.10.2015 el órgano que es incapaz de tramitar los expedientes de nacionalidad española y que motiva la nueva encomienda de gestión, la Dirección General de Registros y del Notariado, asume toda la instrucción de las solicitudes de nacionalidad, no sabemos con qué medios. Es algo tan ridículo y esperpéntico que no se entiende que nadie asuma sus responsabilidades políticas por semejante desaguisado.

Resulta dudosa, además, la competencia del Director General de Registros y del Notariado, que a su vez es Registrador de la Propiedad, para suscribir la encomienda. La Orden JUS/696/2015, de 16 de abril establece entre sus competencias (artículo 21.A.5º) la de “ realizar encomiendas de gestión en el ámbito de la modernización tecnológica del Registro Civil y de aquellos otros registros y servicios cuya organización y dirección es competencia de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos”, resultando a nuestro juicio de difícil engarce legal la vigente encomienda de gestión de un trámite administrativo como es la instrucción de los expedientes de nacionalidad por residencia en el tenor literal de dicha competencia, que hasta ahora habían sido suscritas por la Subsecretaria de Justicia. 

El Colegio de Registradores utiliza para la realización de la encomienda de gestión el Framework Futureg, mediante un proceso electrónico integral, materializando los documentos con firma electrónica reconocida, así como el diseño del flujo de tramitación de los expedientes, según informa la empresa que lo diseñó, Futuver, sobre cuyos socios al tiempo de suscribir la primera encomienda de gestión se ha escrito en abundancia (a las hemerotecas nos remitimos). 

La nueva encomienda trae como novedad la conexión del Colegio de Registradores de la Propiedad a la red SARA, para la actualización del estado de los expedientes tramitados en el aplicativo a los efectos de proporcionar información a los solicitantes de nacionalidad española a través del servicio «Cómo va lo mío?», que es algo que ya se venía haciendo. 

Además, el Colegio de Registradores asume como obligación “garantizar, en el desarrollo de las tareas descritas en el apartado 1 de esta cláusula, el correcto y regular cumplimiento de la normativa correspondiente a los expedientes de nacionalidad española por residencia, así como las instrucciones y criterios indicados por la Dirección General de los Registros y del Notariado. Para ello, el Colegio adoptará las medidas necesarias, incluida en su caso la revisión de expedientes.”. El elevado número de quejas por la deficiente resolución de muchos expedientes de nacionalidad, que ha dado lugar al colapso del área de recursos del Ministerio de Justicia ante la denegación injustificada o inmotivada de centenares de expedientes de nacionalidad sin duda ha dado lugar a esta nueva cláusula

Al menos, sí que parece que esta pueda ser la última encomienda de gestión con el Colegio de Registradores, pues la encomienda establece que dicho Colegio “se compromete a facilitar los procesos de intercambio de información necesarios para el modelo de datos acordado con el Ministerio de Justicia, poniendo a disposición del Ministerio la documentación necesaria, con el fin de poder realizar la migración de todos los datos y expedientes de nacionalidad por residencia que se encuentren alojados en las plataformas que se hayan venido utilizando históricamente por el Colegio de Registradores, a la aplicación del Ministerio de Justicia desarrollada para la tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia de acuerdo con el formato de intercambio que establecen los estándares de interoperabilidad.”

La presente encomienda estará vigente por un periodo de seis meses a partir de la puesta a disposición del Colegio de los expedientes de nacionalidad, objeto de esta encomienda, en condiciones de ser tramitados, plazo que no obstante puede ser prorrogado, lo que no sería de extrañar.

Lo bueno de esta encomienda es que por fin se podrá dar curso a los miles de expedientes de nacionalidad que llevan meses paralizados en el Ministerio de Justicia, lo que supone a nuestro juicio una vulneración de derecho de los ciudadanos extranjeros a adquirir la nacionalidad española. Los funcionarios y funcionarias de los Registros Civiles ya estábamos hartos de tener que dar la cara por el Ministerio de Justicia ante las decenas de ciudadanos extranjeros que cada día acuden a nuestras oficinas para ver qué sabemos de lo suyo. Los Tribunales de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional también encontrarán alivio en su trabajo, ante las numerosas demandas que se han presentado por la denegación presunta por silencio administrativo de las solicitudes de nacionalidad, una vez transcurrido un año desde su presentación. 

Es hora de que el Ministerio de Justicia asuma su incapacidad, con los medios personales y materiales con que está dotado en la actualidad, para instruir las solicitudes de nacionalidad por residencia presentadas a partir del 15.10.2015. La solución debe pasar por atribuir la nueva instrucción electrónica a los Registros Civiles, tal y como hemos reclamado reiteradamente. Mientras se hacen las reformas legales oportunas debería ser posible presentar las solicitudes de nacionalidad en los Registros Civiles más allá del 30.06.2017 que establece la Disposición Transitoria Segunda del RD 1004/2015, y permitir a dichos Registros remitir las solicitudes y documentación a la DGRN digitalizadas y metadatadas. Ya no caben más excusas ni más privatizaciones de gestiones públicas.

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